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El ODTPI presenta el informe situación territorial de los Pueblos Indígenas en el departamento del Putumayo

El ODTPI presenta el informe situación territorial de los Pueblos Indígenas en el departamento del Putumayo

Como resultado del recorrido, el ODTPI realizó un informe denominado situación territorial de los Pueblos Indígenas en el departamento del Putumayo donde hace un análisis de contexto y se menciona la situación territorial en este departamento. Además, se realizó unas recomendaciones que permiten repensar e interpretar las problemáticas territoriales de los Pueblos Indígenas, analizando y explicando los factores que subyacen a los conflictos territoriales, presentes en la problemática por el derecho al territorio y el reconocimiento de la ancestralidad de los Pueblos Indígenas de Putumayo.

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El ODTPI presenta el informe situación territorial de los Pueblos Indígenas en el departamento del Putumayo

Como resultado del recorrido, el ODTPI realizó un informe denominado situación territorial de los Pueblos Indígenas en el departamento del Putumayo donde hace un análisis de contexto y se menciona la situación territorial en este departamento. Además, se realizó unas recomendaciones que permiten repensar e interpretar las problemáticas territoriales de los Pueblos Indígenas, analizando y explicando los factores que subyacen a los conflictos territoriales, presentes en la problemática por el derecho al territorio y el reconocimiento de la ancestralidad de los Pueblos Indígenas de Putumayo.

Decisión histórica: la Corte IDH reconoce que el Estado colombiano violó los derechos del pueblo U’wa

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un fallo histórico en el que se declara la responsabilidad del Estado colombiano por la violación de los derechos del pueblo U’wa. Una decisión que ocurre después de treinta años de lucha por la justicia, caso en el cual la Comisión Nacional de Territorios Indígenas actuó como perito.

El llamado Indígena por un futuro sostenible

La crisis climática y la pérdida acelerada de biodiversidad han alcanzado niveles alarmantes y los Pueblos Indígenas del mundo, especialmente en Colombia, han decidido alzar su voz ante la comunidad internacional. Este llamado no solo busca preservar la naturaleza, sino también que se reconozca el papel esencial que ellos juegan en su cuidado. Además de que se comprenda que la única forma de asegurar un futuro sostenible para la humanidad es estableciendo una relación más profunda y respetuosa con la tierra, basada en sus conocimientos ancestrales y en la defensa de sus territorios.

El reconocimiento de los Pueblos Indígenas en la conservación de la biodiversidad

En Colombia viven 115 pueblos indígenas, algunos de los cuales han logrado mantener sus tradiciones, sistemas de vida y conocimientos durante siglos, resistiendo a los intentos de despojo, desplazamiento y exterminio cultural. Hoy, la comunidad internacional comienza a reconocer, aunque de manera aún parcial, el papel fundamental de los Pueblos Indígenas en la conservación de la biodiversidad y la protección del planeta.

¿Qué se analizó en el espacio autónomo de la CNTI, frente a los informes presentados por el Gobierno Nacional?

El 21 de noviembre de 2024, en el marco de la VI sesión mixta de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas CNTI, se realizó el espacio autónomo donde se avanzó en el análisis de los insumos técnicos presentados por el Gobierno Nacional. En este espacio se advirtió sobre varios temas de carácter estructural que afectan la garantía de los derechos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia.

Pronunciamiento político de las organizaciones y pueblos indígenas que hacen parte de la CNTI en la exigencia de garantía y goce efectivo de nuestros derechos territoriales

La Comisión Nacional de Territorios Indígenas, es expresión de las luchas históricas que los pueblos y las organizaciones indígenas del país hemos adelantado en la defensa de nuestros derechos, nuestra dignidad y de la integridad de nuestros territorios. Con la expedición del decreto 1397 de 1996, y superando las dificultades, se ha consolidado y legitimado como el espacio nacional de diálogo y concertación de gobierno a gobierno, en el que las organizaciones de los pueblos indígenas que la conformamos y amparados en normatividades del derecho mayor, derecho propio, ley natural, ley de origen como de normas nacionales e internacionales, hacemos seguimiento a las políticas públicas, los diseños institucionales, el presupuesto asignado y el conjunto de acciones mediante las cuales el Estado colombiano debe garantizar el goce efectivo de nuestros derechos territoriales como parte de sus obligaciones constitucionales y de la deuda histórica del Estado con nosotros.

El escenario de la Comisión es también en el que desplegamos nuestras acciones por la reivindicación y el reconocimiento de nuestra existencia como pueblos, por la transformación de nuestra realidad, la sociedad y sus instituciones, en un país en el que históricamente, como bien lo ratificó la Comisión de la Verdad, ha sido construido sobre relaciones coloniales, violentas, y un racismo estructural mediante el cual se ha buscado justificar el despojo de nuestros territorios y la negación de nuestra existencia como pueblos. Tan solo las más de 600 solicitudes de restitución de derechos territoriales, que a la fecha han sido interpuestas por los pueblos indígenas ante la Unidad de Restitución de Tierras y territorios despojados, así como las 1595 solicitudes de formalización, protección y seguridad jurídica elevadas ante la Autoridad de Tierras y no resueltas, así lo evidencian.

Con la firma del Acuerdo Final de Paz de la Habana, como pueblos indígenas aspiramos que con su implementación, sean materializados nuestros derechos a la seguridad jurídica y material de nuestros territorios; materialización que tal y como quedó establecido en el capítulo étnico, debe ser interpretado en su integridad, desde la perspectiva étnica y cultural que ha sido establecida en el ordenamiento jurídico internacional, constitucional, jurisprudencial y legal, con especial atención al principio de no regresividad de nuestros derechos.

No es admisible que importantes instrumentos facilitadores, de la reforma rural integral como Decretos, Acuerdos de la Agencia Nacional de Tierras, proyectos de ley, etc., se estén diseñando o expidiendo bajo el desconociendo flagrante del derecho de participación y de consulta previa, pese al llamado de los pueblos y organizaciones indígenas al gobierno nacional para trabajar conjuntamente y con los otros sujetos de derecho que correspondan, de manera previa a su adopción, de modo que se logre la construcción de las mejores herramientas y garantías para todos.

Los efectos ya se ven en los territorios, en donde se generan o acentúan conflictos, ya sea por la expedición de normas y decisiones administrativas que desconocen la preexistencia de derechos de los pueblos indígenas, entre ellos el de posesión ancestral y/o tradicional según los estándares constitucionales e interamericanos, o por actuaciones institucionales que invisibilizan o niegan territorialidades, así como los sistemas propios de solución de conflictos y sus funciones jurisdiccionales.

Reconocemos que el actual gobierno ha marcado un hito respecto al presupuesto asignado para garantizar la seguridad material de nuestros territorios. Sin embargo, el presupuesto no ha sido ejecutado de manera eficiente, dado que, de los más de 342.000 millones de pesos destinados, a la fecha solo se ha ejecutado el 27% y comprometido el 76% para 2024. Situación que genera gran preocupación por la posibilidad de que se aplique el principio de anualidad y se castigue presupuestalmente a la entidad, lo que genera consecuencias nefastas a nuestro derecho fundamental al territorio y los derechos conexos. Es urgente que la ANT tome las medidas necesarias para garantizar la totalidad de la ejecución presupuestal como evidencia del compromiso asumido por parte del gobierno nacional con los pueblos indígenas.

En este momento crucial de revisión del cumplimiento del Acuerdo de Paz, que se suma a la continuación de lo que los pueblos y organizaciones indígenas de la CNTI hemos diagnosticado como un estado de cosas inconstitucional en materia de derechos territoriales de los pueblos indígenas de Colombia, así como al incumplimiento reiterativo de los acuerdos concertados en los diferentes escenarios nacionales incluidos los suscritos en el marco de las sesiones de la CNTI, por lo que exigimos:

  • Que en el marco del Acuerdo de Paz y de la garantía de nuestros derechos territoriales, materializar el enfoque étnico territorial y cultural indígena el cual deberá materializarse en la adecuación de procedimientos, instructivos institucionales, fortalecimiento de capacidades y dependencias, actualización normativa conforme a estándares superiores y de pluralismo jurídico, y los demás mecanismos que se definan.
  • Que en cumplimiento y aplicación de los principios de autoidentificación y autorreconocimiento y de la jurisprudencia constitucional e interamericana en materia de identificación de los territorios indígenas, concertar con los pueblos indígenas de manera pronta y expedita el mecanismo incidental en procesos y procedimientos de toma de decisiones susceptibles de afectar o involucrar nuestros territorios y que permitan su debida autoidentificación, en el entretanto se consolidan los sistemas nacionales que albergarán la información relativa a territorios y territorialidades.
  • La creación de una Comisión o Grupo de Trabajo con integración y participación de los pueblos indígenas que diseñe un plan de choque y revise las solicitudes en trámite de constitución de TECAM, zonas de reserva campesinas, concesiones forestales, y demás trámites susceptibles de afectar o involucrar los territorios y territorialidades indígenas, a fin de identificarlos y en caso de que existan, diseñar las rutas de prevención y/o solución de conflictos que puedan presentarse.
  • La conformación de un Grupo de Prevención y Atención transitorio para la prevención y atención inmediata de conflictos territoriales y socioambientales que se presentan en nuestros territorios, en particular los asociados a procedimientos en curso, finalizados y/o decisiones adoptadas, a fin de revisar, definir y concertar el mecanismo de atención y solución específico para cada caso, hasta tanto se concerte el protocolo de atención de conflictos terrtitoriales y socioambientales pactado en el Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026.
  • Adelantar el diseño e implementación de una estrategia de fortalecimiento y adecuación institucional de las oficinas especializadas y dependencias encargadas de asuntos indígenas dentro de las entidades del Estado en los sectores de Interior, Ambiente, Agricultura, Justicia y Hacienda. De especial preocupación para los pueblos indígenas, es el decaimiento de la creación de la Subdirección de Asuntos Indígenas de la Agencia Nacional de Tierras, el debilitamiento de la Dirección Asuntos Indígenas Rom y Minorías del Ministerio del Interior y la creación de la Dirección de la Autoridad Nacional y Consulta Previa de manera inconsulta, cuestiones que deben ser atendidas de manera prioritaria.
  • Retomar la Mesa de Articulación Interinstitucional, creada en la sesión VI de 2022 de la CNTI, para evaluar, formular, hacer seguimiento a las políticas públicas que afectan los territorios y territorialidades y su articulación a las políticas propias de los pueblos indígenas.
  • La participación efectiva de los Organismos de Control (Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo y Contraloría General de la República para que cumplan con sus funciones de seguimiento, verificación y control del cumplimiento de los acuerdos, acciones y exigencias formuladas por los pueblos indígenas ante el Estado y en particular las exigidas en este escenario.

Para finalizar, exigimos al Gobierno Nacional que desde el enfoque de derechos cumpla a cabalidad con los compromisos asumidos en el marco de los acuerdos pactados en el Plan Nacional de Desarrollo, el Acuerdo Final de Paz, y en la CNTI; cuya materialización se traduce en la superación de la deuda histórica del Estado con los pueblos indígenas en materia territorial.

Hacemos un llamado a todas las organizaciones de los pueblos indígenas para que nos acompañen en el proceso de seguimiento, control, cumplimiento y exigibilidad de las garantías de nuestros derechos, así como a las acciones que sean requeridas ante el incumplimiento de los acuerdos, funciones y obligaciones del Estado en la materialización de los mismos.

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Pronunciamiento político de las organizaciones y pueblos indígenas que hacen parte de la CNTI en la exigencia de garantía y goce efectivo de nuestros derechos territoriales

La Comisión Nacional de Territorios Indígenas, es expresión de las luchas históricas que los pueblos y las organizaciones indígenas del país hemos adelantado en la defensa de nuestros derechos, nuestra dignidad y de la integridad de nuestros territorios. Con la expedición del decreto 1397 de 1996, y superando las dificultades, se ha consolidado y legitimado como el espacio nacional de diálogo y concertación de gobierno a gobierno, en el que las organizaciones de los pueblos indígenas que la conformamos y amparados en normatividades del derecho mayor, derecho propio, ley natural, ley de origen como de normas nacionales e internacionales, hacemos seguimiento a las políticas públicas, los diseños institucionales, el presupuesto asignado y el conjunto de acciones mediante las cuales el Estado colombiano debe garantizar el goce efectivo de nuestros derechos territoriales como parte de sus obligaciones constitucionales y de la deuda histórica del Estado con nosotros.

El escenario de la Comisión es también en el que desplegamos nuestras acciones por la reivindicación y el reconocimiento de nuestra existencia como pueblos, por la transformación de nuestra realidad, la sociedad y sus instituciones, en un país en el que históricamente, como bien lo ratificó la Comisión de la Verdad, ha sido construido sobre relaciones coloniales, violentas, y un racismo estructural mediante el cual se ha buscado justificar el despojo de nuestros territorios y la negación de nuestra existencia como pueblos. Tan solo las más de 600 solicitudes de restitución de derechos territoriales, que a la fecha han sido interpuestas por los pueblos indígenas ante la Unidad de Restitución de Tierras y territorios despojados, así como las 1595 solicitudes de formalización, protección y seguridad jurídica elevadas ante la Autoridad de Tierras y no resueltas, así lo evidencian.

Con la firma del Acuerdo Final de Paz de la Habana, como pueblos indígenas aspiramos que con su implementación, sean materializados nuestros derechos a la seguridad jurídica y material de nuestros territorios; materialización que tal y como quedó establecido en el capítulo étnico, debe ser interpretado en su integridad, desde la perspectiva étnica y cultural que ha sido establecida en el ordenamiento jurídico internacional, constitucional, jurisprudencial y legal, con especial atención al principio de no regresividad de nuestros derechos.

No es admisible que importantes instrumentos facilitadores, de la reforma rural integral como Decretos, Acuerdos de la Agencia Nacional de Tierras, proyectos de ley, etc., se estén diseñando o expidiendo bajo el desconociendo flagrante del derecho de participación y de consulta previa, pese al llamado de los pueblos y organizaciones indígenas al gobierno nacional para trabajar conjuntamente y con los otros sujetos de derecho que correspondan, de manera previa a su adopción, de modo que se logre la construcción de las mejores herramientas y garantías para todos.

Los efectos ya se ven en los territorios, en donde se generan o acentúan conflictos, ya sea por la expedición de normas y decisiones administrativas que desconocen la preexistencia de derechos de los pueblos indígenas, entre ellos el de posesión ancestral y/o tradicional según los estándares constitucionales e interamericanos, o por actuaciones institucionales que invisibilizan o niegan territorialidades, así como los sistemas propios de solución de conflictos y sus funciones jurisdiccionales.

Reconocemos que el actual gobierno ha marcado un hito respecto al presupuesto asignado para garantizar la seguridad material de nuestros territorios. Sin embargo, el presupuesto no ha sido ejecutado de manera eficiente, dado que, de los más de 342.000 millones de pesos destinados, a la fecha solo se ha ejecutado el 27% y comprometido el 76% para 2024. Situación que genera gran preocupación por la posibilidad de que se aplique el principio de anualidad y se castigue presupuestalmente a la entidad, lo que genera consecuencias nefastas a nuestro derecho fundamental al territorio y los derechos conexos. Es urgente que la ANT tome las medidas necesarias para garantizar la totalidad de la ejecución presupuestal como evidencia del compromiso asumido por parte del gobierno nacional con los pueblos indígenas.

En este momento crucial de revisión del cumplimiento del Acuerdo de Paz, que se suma a la continuación de lo que los pueblos y organizaciones indígenas de la CNTI hemos diagnosticado como un estado de cosas inconstitucional en materia de derechos territoriales de los pueblos indígenas de Colombia, así como al incumplimiento reiterativo de los acuerdos concertados en los diferentes escenarios nacionales incluidos los suscritos en el marco de las sesiones de la CNTI, por lo que exigimos:

  • Que en el marco del Acuerdo de Paz y de la garantía de nuestros derechos territoriales, materializar el enfoque étnico territorial y cultural indígena el cual deberá materializarse en la adecuación de procedimientos, instructivos institucionales, fortalecimiento de capacidades y dependencias, actualización normativa conforme a estándares superiores y de pluralismo jurídico, y los demás mecanismos que se definan.
  • Que en cumplimiento y aplicación de los principios de autoidentificación y autorreconocimiento y de la jurisprudencia constitucional e interamericana en materia de identificación de los territorios indígenas, concertar con los pueblos indígenas de manera pronta y expedita el mecanismo incidental en procesos y procedimientos de toma de decisiones susceptibles de afectar o involucrar nuestros territorios y que permitan su debida autoidentificación, en el entretanto se consolidan los sistemas nacionales que albergarán la información relativa a territorios y territorialidades.
  • La creación de una Comisión o Grupo de Trabajo con integración y participación de los pueblos indígenas que diseñe un plan de choque y revise las solicitudes en trámite de constitución de TECAM, zonas de reserva campesinas, concesiones forestales, y demás trámites susceptibles de afectar o involucrar los territorios y territorialidades indígenas, a fin de identificarlos y en caso de que existan, diseñar las rutas de prevención y/o solución de conflictos que puedan presentarse.
  • La conformación de un Grupo de Prevención y Atención transitorio para la prevención y atención inmediata de conflictos territoriales y socioambientales que se presentan en nuestros territorios, en particular los asociados a procedimientos en curso, finalizados y/o decisiones adoptadas, a fin de revisar, definir y concertar el mecanismo de atención y solución específico para cada caso, hasta tanto se concerte el protocolo de atención de conflictos terrtitoriales y socioambientales pactado en el Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026.
  • Adelantar el diseño e implementación de una estrategia de fortalecimiento y adecuación institucional de las oficinas especializadas y dependencias encargadas de asuntos indígenas dentro de las entidades del Estado en los sectores de Interior, Ambiente, Agricultura, Justicia y Hacienda. De especial preocupación para los pueblos indígenas, es el decaimiento de la creación de la Subdirección de Asuntos Indígenas de la Agencia Nacional de Tierras, el debilitamiento de la Dirección Asuntos Indígenas Rom y Minorías del Ministerio del Interior y la creación de la Dirección de la Autoridad Nacional y Consulta Previa de manera inconsulta, cuestiones que deben ser atendidas de manera prioritaria.
  • Retomar la Mesa de Articulación Interinstitucional, creada en la sesión VI de 2022 de la CNTI, para evaluar, formular, hacer seguimiento a las políticas públicas que afectan los territorios y territorialidades y su articulación a las políticas propias de los pueblos indígenas.
  • La participación efectiva de los Organismos de Control (Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo y Contraloría General de la República para que cumplan con sus funciones de seguimiento, verificación y control del cumplimiento de los acuerdos, acciones y exigencias formuladas por los pueblos indígenas ante el Estado y en particular las exigidas en este escenario.

Para finalizar, exigimos al Gobierno Nacional que desde el enfoque de derechos cumpla a cabalidad con los compromisos asumidos en el marco de los acuerdos pactados en el Plan Nacional de Desarrollo, el Acuerdo Final de Paz, y en la CNTI; cuya materialización se traduce en la superación de la deuda histórica del Estado con los pueblos indígenas en materia territorial.

Hacemos un llamado a todas las organizaciones de los pueblos indígenas para que nos acompañen en el proceso de seguimiento, control, cumplimiento y exigibilidad de las garantías de nuestros derechos, así como a las acciones que sean requeridas ante el incumplimiento de los acuerdos, funciones y obligaciones del Estado en la materialización de los mismos.

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CNTI sienta precedente histórico de revocatoria en favor de pueblo indígena Sikuani

Luego de casi dos años de acciones políticas y administrativas realizadas por el Secretario Técnico Indígena de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas CNTI en coadyuvancia de las organizaciones Indígenas de Colombia, el 8 de junio del 2024, como parte de los mecanismos de exigibilidad en el marco del Código Administrativo y de lo Contencioso, se solicitó a la Agencia Nacional de Tierras la revocatoria de la Resolución con la que en mayo de 2022, negó a la comunidad indígena Barrulia del pueblo Sikuani en el municipio de Puerto Gaitán, Meta, el reconocimiento de la ocupación de su territorio ancestral y de sus vínculos con este.

La CNTI en el mes de mayo interpuso una acción de tutela ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras, debido a la no resolución de las revocatorias directas por parte de la ANT después de 16 meses de interpuestas, lo cual va en contra de los principios de celeridad de los procesos, la economía procesal y del debido proceso administrativo, ya que según lo manifestó el juzgado la ANT tenía la obligación de tomar este caso como prioritario debido a la vulnerabilidad de la comunidad por las afectaciones en el marco del conflicto armado, priorización establecida en el artículo séptimo del Decreto 2333.

La Agencia Nacional de Tierras, por orden del Tribunal, resolvió revocar la resolución de negación y además, reconocer la medida de protección provisional de la posesión y ocupación del territorio ancestral y/o tradicional en favor de la comunidad indígena Barrulia del pueblo Sikuani, en dos de los predios que hacen parte de su pretensión: Campo Alegre y Cuba Libre. Esta resolución sienta el primer precedente de revocatoria frente a un acto administrativo que niega la ancestralidad indígena en Colombia, reconoce los derechos de posesión de un pueblo nómada y ratifica la necesidad de adelantar el proceso de formalización en favor de esta comunidad indígena sobre estos dos predios.

Instamos a la Agencia Nacional de Tierras a priorizar este caso de protección ancestral y de formalización, dada la situación de emergencia humanitaria que atraviesa la comunidad Barrulia luego de que, entre el 12 y 13 de junio, fueran desalojados por un «proceso de querella policiva de perturbación a la propiedad», sin garantías mínimas de albergue, alimentación y mínimo vital para esta comunidad sujeto de especial protección por parte del Estado y declarada en riesgo de extinción por el Auto 004 de la Corte Constitucional.

La Comisión Nacional de Territorios Indígenas ratifica su compromiso con el acompañamiento a las comunidades indígenas de la Altillanura para la reivindicación a su derecho fundamental al territorio, mediante los procesos de restitución, formalización y seguridad jurídica y con ello se dé el reconocimiento de la posesión ancestral de los territorios para el pueblo Sikuani.

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Participación de la CNTI en el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la ONU

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