19 de noviembre de 2020
El incumplimiento por parte del Gobierno nacional nos pone ante un contexto de inseguridad jurídica que lesiona el principio de confianza y credibilidad en el Estado. Hoy no solo han sido violentados los Pueblos Indígenas sino el corazón del Estado Social de Derecho: la Constitución de 1991.
El Estado Social de Derecho ha estado en mora por 26 años en garantizar la seguridad jurídica de los resguardos de origen colonial y/o republicano. Aún así, después de casi un año de haber sido cumplida y protocolizada la consulta previa con fecha del 20 de diciembre de 2019 en la Mesa Permanente de Concertación (MPC) y en la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI), el Gobierno nacional se rehúsa a firmar el decreto al imponer condicionantes inconstitucionales y al violar el derecho fundamental a la consulta previa libre e informada de los Pueblos Indígenas.
El saldo de esta deuda histórica que viene desde épocas coloniales y republicanas, hoy se encuentra en el limbo jurídico debido a que funcionarios públicos, en cabeza del viceministro de Desarrollo Rural, Juan Camilo Restrepo, condicionan inconstitucionalmente la firma del decreto a que los Pueblos Indígenas realicen una socialización del mismo con otros sectores, obligación que corresponde al Gobierno.
Producto de la exigencia de este espacio, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación, en la 9° sesión ampliada de la MPC con la CNTI, explicaron al Gobierno y a los representantes de las organizaciones indígenas, que el alcance de sus recomendaciones NO son vinculantes o condicionantes para la firma de un decreto que, como se expuso, fue desarrollado en derecho y acató cada una de las etapas ordenadas por la ley entre el Gobierno nacional y los Pueblos Indígenas.
La falta de voluntad del Gobierno es tan evidente que, en primer lugar, no publicó el decreto sino por exigencia de la CNTI. Segundo, no cumplió con los acuerdos para que se diera respuesta a los comentarios y objeciones. Tercero, las Organizaciones Indígenas, sin tener la obligación de hacerlo, aportaron a los fundamentos de las respuestas que después fueron concertadas con el Gobierno y a la fecha no han sido enviadas. De tal manera, el Gobierno no puede alegar que tiene interés en garantizar la participación de otros sectores cuando no ha cumplido con sus obligaciones.