Bogotá, febrero 24 de 2023
En la región de la altillanura colombiana, en el departamento del Meta, el pueblo indígena Sikuani, de carácter seminómada y nómada, ha sido durante décadas víctima del despojo histórico que le ha impedido la ocupación, el aprovechamiento de los recursos naturales y la libre movilidad por su territorio ancestral de cuyos vínculos depende su pervivencia y su propia existencia. Son además uno de los 36 pueblos indígenas que en Colombia mediante el 004 del año 2009, la Alta Corte Constitucional declaró como en inminente riesgo de desaparición física y cultural.
En su condición de víctimas de despojo, confinamiento y desplazamiento forzado, y como una acción de exigibilidad para la garantía de sus derechos territoriales, entre los años 2016 y 2019 las comunidades indígenas de Iwitsulibo, Tsabilonia, San Rafael Warrojo y Barrulia del pueblo Sikuani, solicitaron ante la Agencia Nacional de Tierras (ANT) como máxima autoridad de tierras de la nación, la protección de sus territorios ancestrales según lo establecido en el Decreto 2333 de 2014, el cual tiene por objeto lograr la efectiva protección y seguridad jurídica de las tierras y territorios ocupados o poseídos ancestralmente y/o tradicionalmente por los pueblos indígenas del país, según lo dispuesto en los artículos 13 y 14 del Convenio 169 de la OIT.
Después de más de cinco años de dilaciones, el día 17 de mayo del 2022 la subdirección de asuntos étnicos de la ANT resolvió la única de estas cuatro solicitudes: la de la comunidad de Barrulia. Para esta, la agencia, según su interpretación del Decreto 2333 de 2014, decidió no reconocer su ocupación histórica del territorio ancestral por no haber ejercido “ocupación continuada sobre el mismo”. Ello sin considerar el carácter nómada y seminómada de la comunidad y del pueblo indígena Sikuani, y sin valorar el contexto histórico de violencia que le ha dificultado su libre movilidad y ocupación territorial, o el tipo de ocupación que a una comunidad víctima de desplazamiento y de confinamiento la agencia le reclama. Interpretación esta de la ancestralidad territorial y de negación del derecho al territorio que desde la Dirección de Asuntos Étnicos de la ANT amenaza con institucionalizarse, y que corre el riesgo de determinar las tres solicitudes que para el caso de las comunidades de Iwitsulibo, Tsabilonia y San Rafael Warrojo siguen sin ser resueltas.
Al no reconocérsele a la comunidad indígena de Barrulia la ocupación histórica del territorio ancestral, y al estar sus miembros ocupando un predio sobre el cual la agencia reconoció la posesión de un tercero, la alcaldía y la inspección de policía del municipio de Puerto Gaitán Meta, una vez más, y por séptima oportunidad, han adelantado acciones policivas tendientes a la realización del desalojo de la comunidad, las cuales se encontraban suspendidas durante meses hasta tanto no se produjese el pronunciamiento oficial de la ANT.
Las acciones de desalojo, en tanto acciones que involucran la fuerza pública mantienen en un estado de angustia y zozobra a una comunidad como la de Barrulia, cuya población se encuentra en condición de víctima de confinamiento, despojo y desplazamiento forzado, de alta vulneración social y de negación de sus derechos más básicos como la vida, la salud, la seguridad alimentaria, la libre circulación, a un ambiente sano y por su puesto de negación del vínculo con su propio territorio , del cual dependen para su pervivencia y su propia existencia.
En el mes de noviembre de 2022 cuatro organizaciones indígenas de Colombia y la Secretaria Técnica Indígena de la CNTI, interpusieron ante la ANT acciones de Revocatoria Directa en contra de la Resolución que negó la ocupación y la protección del territorio ancestral del pueblo Sikuani. Todas estas acciones aún no han sido resueltas de fondo por parte de la ANT, razón por la cual no procede orden policiva o desalojo alguno por parte de la inspección y de la alcaldía. No obstante, ello, y de haber la propia ANT comunicado a la Inspección de policía y a la alcaldía del municipio de Puerto Gaitán, la inspección de policía en reunión con la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría regionales acordaron la realización de la caracterización social de la comunidad de Barrulia para el día 21 de febrero del 2023, como medida previa para adelantar el desalojo.
Si bien el proceso de caracterización fue interrumpido por la comunidad, la Inspección de Policía de Puerto Gaitán mediante acta de caracterización, programa a partir del próximo 10 de marzo, actos tendientes a la entrega real y material del denominado predio los Cocuyos al querellante, desconociendo los derechos fundamentales de la comunidad indígena reclamante.
La Secretaría Técnica Indígena de la Comisión Nacional de Territorio Indígenas, en el marco de su acompañamiento a la comunidad de Barrulia del pueblo Sikuani, advierte que la institucionalidad bajo argumentos procedimentales expone e incrementa la vulneración a los derechos fundamentales de esta comunidad. Por lo que hace un llamado para que la ANT como máxima autoridad de tierras, resuelva sin más dilaciones administrativas las solicitudes de protección del territorio ancestral que ante la agencia han sido interpuestas por las comunidades mencionadas.
Así mismo, demanda a esta, resolver las cinco solicitudes de revocatoria directa que desde noviembre de 2022 fueron interpuestas en contra de la Resolución que expidió la ANT. Igualmente reclama la ambigüedad de su accionar durante el procedimiento de caracterización social que fue convocado por la inspección de policía de Puerto Gaitán para el 21 de febrero, en tanto durante su realización, no se afirmó en la suspensión del proceso de desalojo de la comunidad con arreglo a las revocatorias directas que aún no ha resuelto.
Y finalmente, llama la atención y alerta a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría regionales del departamento del Meta, para que en el marco de sus funciones constitucionales atiendan la garantía del derecho fundamental al territorio de las comunidades indígenas del pueblo Sikuani de la altillanura, antes que la garantía de los procedimientos policivos de desalojo con los cuales las autoridades y los funcionarios locales del municipio de Puerto Gaitán, pretenden sintonizarse, sin atender los derechos humanos de comunidades indígenas que están en inminente riesgo de desaparición.
“Defender los territorios es defender la vida”