El documento fue presentado durante el programa “Encuentro de Saberes, territorios en disputa” organizado por la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI) y da cuenta del riesgo en el que están los territorios ancestrales de los pueblos indígenas en Colombia, debido, entre otras cosas, a la nula aplicación del decreto desde su expedición.
Por Redacción CNTI
La brecha entre el reconocimiento normativo para la protección y la posesión de los territorios ancestrales de los pueblos indígenas en Colombia, y los pocos casos en los que este es implementado, fue el centro de la conversación en las que fueron abordadas las dinámicas a las que han tenido que recurrir las comunidades para la recuperación de sus territorios y la garantía de sus derechos.
Según el exconstituyente Francisco Rojas Birry, en Colombia existen dos ideas opuestas de lo que representa la tierra y el territorio. Por un lado, las comunidades étnicas entienden que es necesario proteger la vida y la especial relación que tienen con la naturaleza, mientras que otro sector percibe la tierra como una fuente de negocio a la que hay que llevar al límite para generar la mayor cantidad de dinero posible. «Mientras tengamos esas dos formas de ver, siempre vamos a enfrentarnos porque quienes aplican las normas tienen una concepción de los territorios distinta a la de los pueblos indígenas», agregó.
Como el concepto de la territorialidad indígena va más allá de la visión occidental, Carolina Gil, directora regional Noroeste Amazonas de Amazon Conservation Team, señaló la importancia de entender que, si bien los pueblos indígenas tienen un reconocimiento formal que en algunos casos coincide con sus territorios ancestrales, no siempre es así, pues en ocasiones las comunidades han tenido que desplazarse y reciben titulaciones en lugares diferentes. Por este motivo no es posible afirmar que estos territorios estén siendo efectivamente preservados.
El preocupante panorama del Decreto 2333 para los pueblos indígenas
El acto administrativo fue expedido en 2014 como resultado de un ejercicio de reivindicación permanente, adelantado por los pueblos indígenas en Colombia. Este ordenó medidas de protección provisional en favor del derecho a la propiedad colectiva y una protección especial preferente a los territorios ancestrales de los pueblos indígenas. La misma Corte Constitucional ha reconocido en diferentes sentencias la necesidad de proteger la relación intrínseca de los indígenas con el territorio y salvaguardar su pervivencia física y cultural.
Sin embargo, no se ha determinado ningún territorio ancestral desde su entrada en vigencia siete años atrás y los procesos continúan abiertos, a pesar de que las medidas provisionales buscaban atender precisamente una situación de amenaza urgente. “Esa informalidad sobre los territorios se debe a la negligencia histórica del Estado y hoy se sigue disponiendo de ellos como un recurso lejano del que se puede decidir con determinaciones desde Bogotá», dijo Jhenifer Mojica, abogada experta en derechos territoriales.
Respecto al informe del ODTPI “En riesgo los territorios ancestrales de los pueblos indígenas ante la ausencia de la resolución de fondo de los conflictos por la tierra y el territorio en Colombia”, Camilo Niño Izquierdo, secretario técnico indígena de la CNTI, socializó los dos grandes “momentos” bajo los cuales fue concebido. El primero, un balance del estado de implementación del Decreto 2333 desde 2014 hasta 2021, y el segundo, la exposición de los factores que obstaculizan la implementación del mismo.
Las consideraciones en el documento alegan una “evidente falta de voluntad política por parte de Estado (…) Mientras que los pueblos indígenas y sus territorialidades se enfrentan a las permanentes amenazas normativas, económicas y políticas que con mayor éxito avanzan paulatinamente hacia una agudización de la concentración de la tierra y a desconfigurar las bases mínimas para la construcción de la paz contempladas en el AFP”.
Por este motivo es contemplada la necesidad de identificar nuevas estrategias como la movilización social que en primer lugar dio origen a la expedición del decreto y que representa un mecanismo para exigir el cumplimiento de los acuerdos firmados y detener el estado de inseguridad jurídica de los territorios ancestrales.
Movilización social como vía para exigir los derechos
Para la abogada Mojica, el estallido social que ha dado pie al Paro Nacional refleja que hay un letargo histórico del Estado colombiano en cumplir sus compromisos en materia de derechos al trabajo, a la vida y a la salud, entre otros, pues han sido adquiridos por las organizaciones en las ciudades, los sectores rurales y los movimientos indígenas por medio de luchas históricas.
La protección de los territorios requiere políticas públicas que realmente se cumplan y la institucionalidad no lo garantiza, por lo que a los pueblos indígenas solo les ha restado el camino de la movilización a pesar de proponer constantemente alternativas para solucionar las diferentes problemáticas que enfrentan en el orden local y nacional.
No obstante, una de las mayores preocupaciones es la estigmatización de la protesta y la radicalización de una narrativa racista que en vez de abrir canales de concertación, ha aumentado el nivel de violencia que ya sufrían las comunidades en los territorios. «Lograr un diálogo muy amplio es el camino para avanzar como sociedad, pero este debe ser con buena fe y con garantías, no con un Estado que masacre a los que se están movilizando», agregó Jhenifer Mojica.
Para finalizar, el líder del pueblo Arhuaco y secretario técnico de la CNTI, invitó a la audiencia a consultar el informe completo y pidió que el Gobierno nacional se conecte con la realidad actual que viven las comunidades en los territorios y que se atreva a conocerla a profundidad pues, según él, “los pueblos indígenas no son solo folklore y estamos dispuestos a construir país”.
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