31 de marzo del 2021
Las ordenes determinan que la Agencia Nacional de Tierras debe concluir y decidir de fondo las solicitudes de titulación de los resguardos Dochama y La Montaña, cuya formalización se ha dilatado administrativamente por 42 y 8 años para cada caso.
Los jueces le advierten a la Agencia Nacional de Tierras que debe formalizar territorios colectivos para el ejercicio de la autodeterminación, autonomía y goce efectivo de los derechos fundamentales de los Pueblos Indígenas. Exponen, además, que la Agencia Nacional de Tierras debe ceñirse al cumplimiento de los pasos establecidos para el procedimiento de constitución de Resguardos establecidos en La Ley.
En los fallos enfatizan que la Agencia Nacional de Tierras y la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías del Ministerio del Interior han obstruido injustificadamente la culminación del proceso, indagando sobre situaciones asociadas a la presencia de grupos armados, minas antipersona y cultivos de uso ilícito, factores que, si bien resultan importantes, no se encuentran asociados con los requisitos para acceder a la formalización del territorio, constituyéndose en una ‘doble carga y en la revictimización’ de las comunidades.