por CNTI | May 20, 2021 | Noticias
20 de mayo del 2021
En los últimos días ha sido evidente el aumento en los ataques y los señalamientos contra los pueblos indígenas que acompañan el Paro Nacional en Colombia. La exacerbación del racismo estructural y los intereses de sectores políticos y económicos, apoyados por el actuar de grupos armados ilegales y la aparente connivencia de la fuerza pública, amenazan la pervivencia física y cultural de las comunidades.
Por Redacción CNTI
El pasado domingo 9 de mayo, fue perpetrado un ataque por parte de civiles armados y efectivos de la policía, quienes dispararon contra los/as comuneros/as indígenas que hacían presencia en la vía Cali-Jamundí, en el Valle del Cauca. Así mismo, la llegada de la Minga Indígena a Medellín, programada para lunes 17 de mayo, fue amenazada por otros grupos quienes señalaron que habría ataques armados como los que ya se han presentado contra manifestantes en Cali, Pereira y la misma Medellín.
En palabras de Roseli Fxizkwe, coordinadora del programa Mujeres del Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), en el contexto del paro hay toda una situación de negación y desconocimiento tanto de los derechos como de las luchas adelantadas por los pueblos indígenas, razón por la cual el racismo, que no es de ahora, sino que está ya institucionalizado, es cada vez más evidente.
A pesar de que la Constitución Política de Colombia reconoce el carácter pluriétnico y multicultural del país, las políticas sociales, educativas y económicas del mismo están muy lejos de brindar garantías para todos. Por ello, la lideresa señaló: “¿Cuáles son las culturas, las ciudadanías y el prototipo de persona válida en este país?, ¿a quiénes sí se les respeta y se les puede garantizar derechos? Son preguntas que tenemos que hacernos y nos estamos haciendo en este momento”.
Estas reflexiones han sido replicadas en varios espacios de interlocución, ya que la ciudadanía que se moviliza, es muy diversa y los medios de comunicación hegemónicos insisten en mostrar pérdidas económicas o daños materiales, pero no visibilizan la pérdida de vidas y cómo serán restituidos los derechos vulnerados a la ciudadanía.
Según cifras compartidas por Alejandro Rodríguez, coordinador de la plataforma GRITA de Temblores ONG, del 28 de abril al 18 de mayo en el marco del Paro Nacional, la organización registró 2.387 hechos de violencia policial, 47 casos de violencia homicida cometidos presuntamente por la fuerza pública, 33 víctimas de agresiones oculares, 18 casos de violencia sexual y 1.139 detenciones arbitrarias.
Por su parte, Jenny Romero, integrante del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSPP) en Cundinamarca y de la campaña Defender la Libertad asunto de Todas, apuntó que “la respuesta en un Estado social de derecho debe ser atender las reivindicaciones y no atacarlas o minimizarlas a partir del uso desproporcionado de la fuerza”, además denunció que una de las principales problemáticas que enfrentan los defensores de derechos humanos en su ejercicio de acompañamiento a las movilizaciones, es que en las calles no solo la fuerza pública está portando las armas, sino que otros grupos ilegales están irrumpiendo en las mismas.
La estigmatización de la protesta ha contribuido a fortalecer los discursos de odio que tanto daño hacen a los procesos colectivos. Desde la oficialidad han buscado relacionar la protesta a movimientos subversivos o “terroristas” y aún más cuando se trata de manifestaciones en los sectores rurales. Todo este despliegue pretende legitimar el uso de la fuerza y un tratamiento de guerra a los manifestantes, además de obstaculizar el acceso a la justicia, especialmente en las zonas más alejadas de las grandes capitales.
Para Juvenal Arrieta, líder del pueblo Emberá y vocero de la Minga Indígena en Antioquia, los ataques recibidos no obedecen a la visión de los pueblos indígenas como sujeto racial sino por lo que significan. Según él, “es un tema político alrededor de un sujeto colectivo y étnico que plantea una agenda de país distinta, una agenda que ya no es solo de los pueblos indígenas sino de la mayoría de los colombianos y que alrededor de la Minga se ha ido posicionando a nivel nacional”.
En este orden de ideas, Arrieta, que además es exconsejero de la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC) y de la Organización Indígena de Antioquia (OIA), puntualizó que hay demostraciones de odio contra las diferentes formas de representar el estallido social, aunado al rechazo a actores políticos con un gran poder de convocatoria, que pueden hacer tambalear la estructura de poder actual y que construyen con sectores diversos de la sociedad.
Al finalizar, pidió aclarar tres conceptos claves que las campañas de desinformación han buscado establecer: en primer lugar, los pueblos indígenas no buscan destruir; segundo, no “odian” la ciudad y tercero, no son agitadores, hay toda una propuesta de país que intentan promover y la defensa por la vida continúa.
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por CNTI | May 19, 2021 | Videoteca, Encuentro de Saberes
por CNTI | May 14, 2021 | Noticias
23 de julio de 2020.
Indígenas, campesinos y comunidades afrodescendientes celebraron el fallo que deja en firme la suspensión de las aspersiones aéreas y enfatiza la inviabilidad del derecho fundamental a la consulta previa a través de plataformas virtuales.
Por Redacción CNTI
El Tribunal Administrativo de Nariño respaldó la decisión del Juzgado Segundo Administrativo de Pasto, que suspendió las licencias para reanudar las fumigaciones sobre las 170.000 hectáreas de cultivos de coca que, según cifras oficiales, hay actualmente sembradas en Colombia, 59% de ellas concentradas en 14 departamentos y 104 municipios, que son el foco del programa de erradicación de cultivos de uso ilícito mediante aspersión aérea con el herbicida glifosato- “PECIG”.
Rosa María Mateus, abogada del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR), habló de los antecedentes de la lucha antidrogas en el país y señaló que desde 1998, con el inicio del Plan Colombia, se crearon pasivos ambientales y económicos que los pueblos indígenas, y las comunidades campesinas y afrodescendientes han visibilizado, al tiempo que han insistido en las afectaciones que el uso del químico ha generado en sus territorios.
¿Cuál era el proceso de la ANLA que frenó la sentencia del tribunal?
La jurista comentó que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) pretendía reemplazar el derecho a la consulta previa con una serie de audiencias virtuales, a las que alcanzaron a asistir algunos de los habitantes de los municipios en los que se llevaría a cabo la aspersión con glifosato. Las comunidades advirtieron que no era posible hacer uso de este mecanismo, ya que no garantizaba una participación masiva y efectiva. De hecho, antes de llegar a este punto, ya había vacíos en las formalidades y prerrequisitos que debían ser atendidos en los municipios señalados.
Postura de las comunidades indígenas, campesinas y afro
Según Jesús Antonio Maca, consejero mayor del programa económico y ambiental del CRIC, las comunidades indígenas se oponen a las fumigaciones porque atentan contra la cosmogonía, el territorio y la soberanía alimentaria que el Gobierno nacional dice promover, ya que el químico cae sobre cultivos vecinos como el café, del que estos pueblos consiguen el sustento económico. Añadió que el Gobierno colombiano y quienes ejecutan las fumigaciones son conscientes de que los países fabricantes prohíben su uso, mientras que aquí son utilizados de manera contundente sin tener en cuenta las afectaciones que genera su aspersión.
También hizo alusión a los problemas que se presentan en los territorios por la tierra que resulta infértil a causa de las fumigaciones, además de las malformaciones en niños y las enfermedades generadas tanto en adultos mayores como en la población, en general. Estos no son señalamientos nuevos, ya que bastante se ha debatido en el escenario internacional sobre los efectos colaterales del glifosato.
Por su parte Nidia Quintero, integrante del Comité Ejecutivo Nacional de Fensuagro y COCCAM, puntualizó:
“El Gobierno Nacional ha reconocido en el preámbulo de los Acuerdos de Paz que [el hecho de que] los campesinos cultiven y trabajen la hoja de coca se debe a las consecuencias de una situación económica y social, a unas necesidades básicas insatisfechas históricamente, que hicieron que los campesinos en el país emigraran de una economía tradicional campesina, con recursos y esfuerzos propios, a una economía llamada ilícita de cultivar la hoja de coca, sabiendo que ha sido desde hace más de 50 años la única forma de supervivencia” de las comunidades campesinas en los territorios.
Por lo tanto, “permitir que se siga fumigando, que se sigan violentando los Derechos Humanos, va en contra de la Constitución Política de Colombia, en contra de los derechos de las comunidades campesinas, de los derechos colectivos e individuales y en contra de lo firmado en el Acuerdo de Paz”.
Entre tanto, Jorge Histon Segura, representante del Consejo Comunitario Mayor del Río Anchicayá, expuso que las fumigaciones “afectan la salud y nuestro territorio como tal,
porque para nosotros el territorio es la vida y nada es posible sin él”. Subrayó que en el sector rural no tienen acueductos y se abastecen de las fuentes hídricas de los alrededores; tampoco tienen puestos de salud, por lo que deben recurrir a la medicina tradicional y con las aspersiones de glifosato tanto el agua como las hierbas medicinales son contaminadas, afectando directamente la calidad de vida de la población.
La consulta previa en la sentencia
Camilo Niño Izquierdo, secretario técnico de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI) se refirió al alcance que la decisión del tribunal tiene sobre la lucha de los pueblos indígenas, quienes reclaman garantías para ejercer al derecho fundamental a la consulta previa.
En un primer momento señaló que “la Policía Nacional pretendía obtener un licenciamiento ambiental a través de la ANLA, desconociendo la presencia de los pueblos indígenas en los 104 municipios de los 14 departamentos. Es decir, había un desconocimiento por parte de la entidad de la presencia de pueblos indígenas en las zonas en que se iban a realizar las fumigaciones”.
Frente a la intención de la ANLA de adelantar audiencias públicas virtuales, evidenció que en la práctica no es posible, toda vez que “existe una brecha tecnológica en las áreas rurales y más en la zona donde se pensaba implementar las fumigaciones aéreas. Las consultas previas o las audiencias públicas virtuales, como en este caso, no garantizan una participación real y efectiva de los pueblos indígenas frente a la toma de decisiones”.
Respecto a la realización de estas jornadas en línea, el consejero mayor Jesús Antonio Maca, puntualizó: “las comunidades indígenas exigimos el consentimiento libre e informado para tener mayor participación y no estamos de acuerdo con las consultas virtuales; en las diferentes comunidades no hay señal de audio ni celular, por lo que es complicada una comunicación masiva”.
“Esto rompe las formas propias organizativas de toma de decisiones de los pueblos indígenas y el ejercicio de gobierno propio”, Camilo Niño Izquierdo.
¿Qué alternativas proponen las comunidades?
Para Nidia Quintero, integrante de la Coordinadora Nacional de Cultivadores de Coca Amapola y Marihuana (COCCAM), existen varias posibilidades:
- Garantizar la implementación del punto cuatro del Acuerdo de Paz.
- Reconocer la hoja de coca como una planta sagrada para los pueblos indígenas.
- Usar la planta de la hoja de coca para la elaboración de productos cotidianos.
Según la lideresa campesina, “el Acuerdo de Paz recoge unas luchas históricas de hace más de treinta años que hemos venido trabajando en diferentes mesas para la sustitución gradual y voluntaria. Todas nuestras peticiones y propuestas fueron recogidas en el foro que se hizo en el marco de los diálogos entre el Gobierno Nacional y las Farc-EP”.
Explicó que la segunda alternativa es reconocer que para los pueblos indígenas la planta de la hoja de coca es un elemento con carácter sagrado, de alta importancia espiritual y cultural. La tercera es modificar su uso para transformarla en insumos para alimentos, medicinas y productos cosmetológicos.
¿Qué sigue después de esta sentencia?
Rosa María Mateus, abogada del CAJAR, explicó que “generalmente todos los fallos de tutela pasan a un proceso de revisión de la Corte Constitucional. Sin embargo, la jurisprudencia de la Corte ya ha estado muy ajustada en términos de exigir esta participación efectiva de la que se está conversando. Creemos que el fallo del tribunal atiende justamente toda esta jurisprudencia que la Corte Constitucional ya ha determinado para el caso de aspersiones aéreas”.
A ello añadió que la cuestión de la participación efectiva y real, que busca defender la sentencia, debe estar bajo la lupa de la sociedad colombiana, ya que a veces la institucionalidad no garantiza los principios fundamentales para llevarla a cabo. De hecho, señaló que “la Policía Nacional ya está incurriendo en un desacato de una orden de la Corte Constitucional porque esta ya había señalado un procedimiento muy especial que se tenía que llevar a cabo para poder luego llegar a la instancia ante la ANLA”.
Jhenifer Mojica, abogada de la CNTI, fue enfática al concluir que en este escenario, a partir de la sentencia del tribunal de Nariño, “no se pueden realizar fumigaciones aéreas con glifosato ni un reajuste del Plan de Manejo Ambiental, sin garantizar primero el derecho a la consulta previa, libre e informada de las comunidades indígenas y afro del país de manera directa, cuando se van a ver afectadas”.
Por último, hizo un llamado “a los organismos de control, especialmente a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General de la Nación, a quienes la sentencia también les ordena participar en este proceso, tanto de la consulta previa como de la participación de las comunidades afectadas en el proceso de licenciamiento ambiental, como garantes de esos derechos fundamentales de estas comunidades a ser oídas a intervenir y a exponer las pruebas del efecto nocivo del glifosato”.
La coordinadora del equipo jurídico de la CNTI también instó a recordar que existen intereses de sectores económicos en forzar la realización de los procesos de consulta desde la virtualidad, aprovechando la situación actual de la pandemia, para llenar un requisito sin garantizar plenamente los derechos a la participación de las comunidades directamente involucradas.
¡Defender los territorios es defender la vida!
por STI | May 12, 2021 | CNTI Opina
Desde la Comisión Nacional de Territorios indígenas (CNTI) enfatizamos que la titulación del Cabildo La Montaña – Pueblo Indígena Los Pastos, ha sido dilatada administrativamente por más de 14 años.
En el marco de situaciones que evidencian la existencia de un Estado de Cosas Inconstitucionales (ECI) en materia territorial para las Comunidades y Pueblos Indígenas en Colombia; La Secretaria Técnica indígena de la CNTI interpuso una acción de tutela que expone la violación de derechos fundamentales por las dilaciones administrativas por situaciones atribuibles a la existencia del conflicto armado en los territorios colectivos, postulado a todas luces inconstitucional.
El fallo con radicado 2021–043 proferido en primera instancia por el Juzgado Doce de Familia de Bogotá y confirmado por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, reitera que la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y la subdirección de asuntos étnicos de la ANT, vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso administrativo, a la protección a la diversidad étnica y cultural, a la constitución de propiedad colectiva y a la autonomía y autodeterminación de los pueblos indígenas. El estudio de la acción expone que la Secretaria Técnica indígena de la CNTI, resulta representativa y legitima para la presentación de acciones constitucionales en favor de las comunidades y pueblos indígenas que necesitan activar mecanismos para la tutela de sus derechos fundamentales.
El Cabildo de La Montaña del municipio de Samaniego, Nariño, lleva más de 14 años realizando una serie de acciones para activar la respuesta del Estado en función de la garantía de sus derechos territoriales para obtener la titulación de su propiedad colectiva. Sin embargo, a la fecha no existen respuestas efectivas que garanticen los derechos fundamentales de la comunidad. La ANT como autoridad agraria responsable del proceso de formalización de territorios colectivos en el país, ha dilatado el procedimiento administrativo estableciendo limitaciones no desarrolladas en los marcos normativos que regulan la materia, sumadas las demoras excesivas e irrazonables para dar trámite a las solicitudes.
Cabe resaltar que, en materia de derechos territoriales de los Pueblos Indígenas, la Sentencia T-153 de 2019 señaló que procedimiento administrativo de constitución de Resguardos Indígenas debe adelantarse respetando el tiempo establecido sin dilaciones injustificadas. La Corte Constitucional ha sostenido que el deber de actuar diligentemente se traduce en la obligación estatal de garantizar el acceso a los territorios, así como su delimitación y titulación dentro de un plazo razonable.
Por su parte, La Sala Tercera del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que estudio el caso, no desconoce la preocupación por parte de la Agencia Nacional de Tierras respecto a que los predios que solicitan la respectiva titulación estén libres de minas y cultivos ilícitos, pero resalta que no es un obstáculo para culminar el trámite de la solicitud radicada desde el año 2012.
El fallo orienta sobre la formalización de territorios colectivos como un mecanismo de garantía de derechos de las comunidades que viven en zonas donde el conflicto armado continúa generando afectaciones, por ello resalta:
“En cuanto a la complejidad del proceso, hay que decirse que las circunstancias relativas a la existencia de minas antipersonales dentro de los territorios que se pretenden que sean reconocidos, es un factor de suma importancia, pues no puede ser tomado a la ligera por cuanto está en juego a la vida de los integrantes del resguardo indígena, y de la población civil como tal. Es por lo anterior, que se evidencia que la dilación se debe a una falta de actuación por parte del gobierno y las autoridades competentes, a fin de suministrar la seguridad de los habitantes que componen el territorio del resguardo indígena que, a través de la presente acción, se pretende concluir satisfactoria y favorablemente el trámite de constitución del Resguardo Indígena de la Montaña, Pueblo Indígena de Los Pastos en el municipio de Samaniego (Nariño)”.
“Ahora, si bien, la existencia Minas Antipersona MAP-, Municiones sin Explotar MUSE y Trampa Explosiva TE en el territorio colectivo del cabildo, no es una razón suficiente para el retraso que presenta el trámite de constitución del Resguardo Indígena de la Montaña, Pueblo Indígena de Los Pastos en el municipio de Samaniego (Nariño), pues dadas las condiciones actuales del país, en donde aún existe presencia de grupos armados ilegales, las cuales van a seguir operando sin tener una fecha cierta de que desaparezcan, lo que deja desprotegidos a los habitantes de estos territorios, delos cuales se requiere protección por parte del Estado”.
Como CNTI, hacemos un llamado a que el Estado responda a su deber de garantía y active todos los mecanismos para evitar las afectaciones territoriales por la presencia de grupos armados, cultivos de uso ilícito, minas antipersonal, municiones sin Explotar, trampas explosivas, entre otras situaciones que generan riesgo a la perviviencia de los pueblos, resaltando que ello sigue siendo un reflejo indiscutible del fracaso de la implementación de los acuerdos de paz y la omisión ante el deber de cumplir de buena fe el acuerdo por parte del Gobierno.
La CNTI logró activar los mecanismos judiciales que ordenan a la ANT culminar el proceso administrativo de titulación colectiva del resguardo en un lapso de tres (3) meses.
Desde este espacio hacemos un llamado a la Agencia Nacional de Tierras y demás instituciones del Gobierno para que acaten los pronunciamientos jurídicos en los que se reconoce la tardanza irrazonable con argumentos de las instancias judiciales a favor de los pueblos indígenas.
¡Como CNTI continuaremos activando el diálogo y la exigibilidad con medidas administrativas y judiciales porque defender los territorios es defender la vida!
por CNTI | May 12, 2021 | Videoteca, Encuentro de Saberes
por STI | May 11, 2021 | CNTI Opina
10 de mayo de 2021
El pasado domingo 9 de mayo, la Policía Nacional y civiles armados abrieron fuego contra comuneros/as de la Minga Indígena que realizaban acciones humanitarias en el marco del Paro Nacional, en un ejercicio de derecho propio, ancestral y de movilización pacífica. Esta violenta incursión dejó un saldo de diez comuneros/as heridos/as, algunos/as de gravedad.
No olvidemos que la Minga Indígena en las últimas décadas nos ha mostrado la importancia de la movilización social para la exigencia legítima de los derechos. Los pueblos indígenas son una de las poblaciones rurales que han tenido que vivir la sistematicidad de la violencia y el despojo de sus territorios, y hoy son símbolo de la dignidad a la hora de reclamar sus derechos fundamentales, al realizar movilizaciones multitudinarias que dejan en la memoria la organización, la cultura y el rechazo a la violencia como vía para la resolución de los conflictos.
La Minga también ayudó a coordinar, en medio del Paro Nacional, el tránsito de una caravana humanitaria de víveres, medicinas y servicios de urgencias, con lo que dieron claras muestras de su voluntad de aportar a la construcción de salidas dialogadas y concertadas con el Gobierno. El apoyo de la Minga al Paro Nacional es un ejemplo más de la generosidad que caracteriza a los pueblos indígenas.
Asimismo, se solidarizó con la acción de protesta de la ciudadanía que ante el desconocimiento y la burla del Gobierno, solo ha recibido el actuar por fuera de la ley del ESMAD y la Policía, quienes la han reprimido brutal y arbitrariamente. Es de esta manera que la “Minga Hacia Afuera” se dirigió a Cali, epicentro de las más autoritarias e inconcebibles acciones de represión, para actuar como un cordón humanitario y aunar esfuerzos en apoyo al paro.
Comunicado completo, clic aquí