CNTI sienta precedente histórico de revocatoria en favor de pueblo indígena Sikuani

CNTI sienta precedente histórico de revocatoria en favor de pueblo indígena Sikuani

Luego de casi dos años de acciones políticas y administrativas realizadas por el Secretario Técnico Indígena de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas CNTI en coadyuvancia de las organizaciones Indígenas de Colombia, el 8 de junio del 2024, como parte de los mecanismos de exigibilidad en el marco del Código Administrativo y de lo Contencioso, se solicitó a la Agencia Nacional de Tierras la revocatoria de la Resolución con la que en mayo de 2022, negó a la comunidad indígena Barrulia del pueblo Sikuani en el municipio de Puerto Gaitán, Meta, el reconocimiento de la ocupación de su territorio ancestral y de sus vínculos con este.

La CNTI en el mes de mayo interpuso una acción de tutela ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras, debido a la no resolución de las revocatorias directas por parte de la ANT después de 16 meses de interpuestas, lo cual va en contra de los principios de celeridad de los procesos, la economía procesal y del debido proceso administrativo, ya que según lo manifestó el juzgado la ANT tenía la obligación de tomar este caso como prioritario debido a la vulnerabilidad de la comunidad por las afectaciones en el marco del conflicto armado, priorización establecida en el artículo séptimo del Decreto 2333.

La Agencia Nacional de Tierras, por orden del Tribunal, resolvió revocar la resolución de negación y además, reconocer la medida de protección provisional de la posesión y ocupación del territorio ancestral y/o tradicional en favor de la comunidad indígena Barrulia del pueblo Sikuani, en dos de los predios que hacen parte de su pretensión: Campo Alegre y Cuba Libre. Esta resolución sienta el primer precedente de revocatoria frente a un acto administrativo que niega la ancestralidad indígena en Colombia, reconoce los derechos de posesión de un pueblo nómada y ratifica la necesidad de adelantar el proceso de formalización en favor de esta comunidad indígena sobre estos dos predios.

Instamos a la Agencia Nacional de Tierras a priorizar este caso de protección ancestral y de formalización, dada la situación de emergencia humanitaria que atraviesa la comunidad Barrulia luego de que, entre el 12 y 13 de junio, fueran desalojados por un «proceso de querella policiva de perturbación a la propiedad», sin garantías mínimas de albergue, alimentación y mínimo vital para esta comunidad sujeto de especial protección por parte del Estado y declarada en riesgo de extinción por el Auto 004 de la Corte Constitucional.

La Comisión Nacional de Territorios Indígenas ratifica su compromiso con el acompañamiento a las comunidades indígenas de la Altillanura para la reivindicación a su derecho fundamental al territorio, mediante los procesos de restitución, formalización y seguridad jurídica y con ello se dé el reconocimiento de la posesión ancestral de los territorios para el pueblo Sikuani.

¡Defender los territorios es defender la vida!

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