A esto se suman los asesinatos sistemáticos, la minería ilegal, el incremento del desplazamiento forzado, los hostigamientos, ataques y abuso de la fuerza pública y de los actores armados en diferentes lugares del país, sobre todo en el norte del Cauca. Por ello, desde este espacio, hacemos un llamado a los organismos de vigilancia y control, y a la comunidad internacional, para que desde sus competencias y funciones intervengan de manera contundente y eficaz para proteger el derecho a la vida de los pueblos indígenas.
Es inaceptable que, en medio de la crisis humanitaria por el coronavirus, la fuerza pública y los actores armados transgredan el ejercicio de nuestra autonomía y control territorial provocando la violación de nuestros derechos humanos como consecuencia de la militarización del territorio, desarmonías territoriales, ataques violentos en contra de comuneros y comuneras, y señalamientos en contra de las autoridades.
Los ataques a las comunidades indígenas en el norte del Cauca han sido constantes en esta cuarentena. Así lo evidenció el Consejo Regional Indígena del Cauca – CRIC este viernes 01 de mayo, día del trabajo, donde denunció que fue lesionado un comunero por parte de la fuerza pública, en momentos en que realizaban el proceso de liberación de la Madre Tierra, en jurisdicción de la finca La Emperatriz, en Caloto, Cauca. Esta situación se suma al abuso de la fuerza pública perpetrado el día 25 de abril, también en Caloto, donde, además de envenenar 13 cabezas de ganado, amenazaron a la comunidad e hirieron a un comunero; el 18 de marzo se realizaron ataques con disparos indiscriminados en contra de los liberadores. Por ello, Nejwesx del Resguardo de Huellas Caloto, en el marco de su autonomía iniciará una asamblea comunitaria.
Desde este espacio hacemos un llamado urgente al Estado colombiano para que tome las acciones pertinentes, garantice las medidas de prevención y protección, y actúe de manera eficiente y oportuna en las respuestas necesarias para enfrentar al Covid-19 en los territorios indígenas, porque es imperioso allegar las ayudas humanitarias y dotar de infraestructura e instrumentos de salud adecuados al personal sanitario de Leticia y centros poblados de la Amazonía. Exigimos que cesen la militarización del territorio y los ataques de grupos armados legales e ilegales en contra del Pueblo Nasa del norte del Cauca para garantizar sus derechos territoriales.
Hacemos un llamado de manera urgente a la prensa y a la opinión pública nacional e internacional para que hagan el cubrimiento correspondiente y nos ayuden a denunciar la realidad que estamos viviendo las comunidades indígenas frente a los últimos acontecimientos de vulneración de derechos humanos y la crisis sanitaria en la Amazonia como consecuencia de la nula respuesta de las instituciones del Estado.
La crisis sanitaria actual no puede convertirse en un pretexto para la violación de los derechos fundamentales de las comunidades y pueblos indígenas.
A pesar de haber retirado la circular CIR2020-29DMI-1000, el MinInterior dejó abierta la posibilidad para que algunos sectores apelen al uso de herramientas virtuales que vulneran el derecho a la consulta previa.
Mediante una acción de tutela interpuesta por la Secretaría Técnica Indígena de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas -STICNTI contra el Ministerio del Interior de Colombia, las comunidades indígenas exigen respeto al derecho fundamental a la consulta previa, que el Gobierno vulneró mediante el mecanismo de «consulta virtual».
Tras la decisión del Ministerio del Interior de expedir dos circulares externas sobre las consultas previas “virtuales”, la STI-CNTI rechaza tajantemente que para el sector industrial y extractivo la consulta previa esté lejos de ser reconocida como un derecho fundamental de los pueblos indígenas, “ya que la toman como un obstáculo a sus proyectos de industria”, y recuerda que esta decisión obedece a los intereses extractivos en los territorios indígenas.
Vale recordar que esta petición de flexibilizar la consulta previa hizo parte de las propuestas económicas a adoptar en el marco de la emergencia del Covid-19 de los 25 empresarios asociados al Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría Olózaga realizadas el pasado 3 de abril de 2020, con el fin de «aprobar procedimientos abreviados para temas que hoy frenan el desarrollo como son los trámites de regalías, de consulta previa y licencias ambientales en los que, sin vulnerar el ordenamiento jurídico, se simplifique su aplicación, para aumentar y acelerar la productividad en los sectores estratégicos de desarrollo económico del país».
Por ello, la STI – CNTI reitera en la acción de tutela que “en ninguna circunstancia se puede proceder a realizar nuevas consultas previas en los territorios a través de los términos propuestos por el Ministerio del Interior y que en ningún momento la Mesa Permanente de Concertación ha alentado a realizar dichos procedimientos”, porque proponer hacer consultas virtuales a pueblos indígenas en situaciones de extrema vulnerabilidad y carentes de tecnología viola sus derechos fundamentales.
Cabe recordar que en días pasados el Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo, también solicitó revocar la circular externa CIR2020-29DMI-1000 del Ministerio del Interior, por considerar que “esta decisión afecta el núcleo esencial del derecho fundamental a la consulta previa de los pueblos étnicos».
Aunque el pasado 20 de abril de 2020, mediante circular externa CIR2020-42-DMI-1000, el Ministerio del Interior derogó el referido acto administrativo que autorizaba el uso de medios virtuales para la realización de la consulta previa, mantuvo la posibilidad de realizar consultas previas de tipo virtual, «siempre que las comunidades cuenten con los medios tecnológicos y condiciones necesarias para tal fin».
De este modo, sigue latente el riesgo de que algunos sectores apelen al uso de herramientas virtuales para vulnerar el derecho a la consulta de las comunidades. En tal sentido, la tutela de la STI-CNTI busca prohibir al Gobierno que replique estos intentos inconstitucionales de reforma a derechos fundamentales como la consulta previa, libre e informada, y al debido proceso. A pesar de haber retirado la circular CIR2020-29DMI-1000, el MinInterior dejó abierta la posibilidad para que algunos sectores apelen al uso de herramientas virtuales que vulneran el derecho a la consulta previa.
Por ello en un documento de 25 páginas, que soporta la acción de tutela instaurada este 28 de abril, la STI – CNTI solicita dejar sin efecto dichas circulares. El Secretario Técnico de la CNTI, Ricardo Camilo Niño Izquierdo, advierte que “a la fecha no se han adoptado medidas especiales que garanticen a las comunidades indígenas su derecho a la vida, salud, integridad, y consulta previa, libre e informada, en el marco de la emergencia social que atraviesa el país por la pandemia, estando ad portas de un etnocidio indígena”.
Igualmente, solicitan ordenar al Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio del Interior, suspender todo proceso de consulta previa hasta tanto se supere la crisis social generada por el coronavirus en el país, y se adopten las medidas sanitarias diferenciales para garantizar a las comunidades indígenas el goce efectivo de este derecho.
“En especial esta suspensión debe aplicarse frente a proyectos extractivos, agroindustriales, de infraestructura y demás que impacten de manera directa e indirecta los territorios indígenas”, pide la STI – CNTI.
Finalmente, y de manera subsidiaria, la acción jurídica solicita a la justicia colombiana, conforme al principio de progresividad, ordenar al Ministerio del Interior que consulte con las y los representantes de las organizaciones indígenas de la Mesa Permanente de Concertación Indígena , todas las propuestas de las medidas sanitarias y humanitarias adecuadas para el manejo del COVID-19 en las comunidades y pueblos indígenas , incluyendo las propuestas diferenciales para garantizar el ejercicio del derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas, según sus condiciones de múltiple vulnerabilidad.
Al respecto, la circular señala que debido a la emergencia nacional por el COVID 19, entre las decisiones adoptadas se encuentra:
“(ii) Recomendar, promover y permitir el uso de herramientas tecnológicas y canales virtuales, para que en la mayor medida posible y de manera libre e informada, se adelanten consultas previas de proyectos, obras y actividades, y de medidas legislativas y administrativas, con las comunidades indígenas, Rom, negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, mientras dure el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia por causa del COVID-19”
Esta postura desconoce el contenido y el alcance del derecho fundamental de los pueblos indígenas a la consulta previa, el cual tiene un soporte normativo y jurisprudencial que obliga al Estado colombiano a garantizar su ejercicio, más allá de un mero trámite formal. Por lo tanto, todo proceso debe estar guiado por los principios de buena fe, consentimiento previo, libre e informado; participación activa y eficaz de la comunidad, diálogo entre iguales y, procedimiento flexible y adecuado.
Cuando alguien querido muere y parte a otro espacio no hay forma de evitar la tristeza. El equipo de la Secretaría Técnica Indígena de la CNTI lamentamos mucho la partida de nuestra compañera Fany Rincon Neira. Una mujer guerrera quien enfrentó con dignidad y valentía las dificultades. Fany ahora descansa después de una impecable batalla por la vida. Hoy parte nuestra amiga, compañera de trabajo, madre, quien con su ejemplo nos ha dejado muchas enseñanzas como la convicción de apoyo incondicional al movimiento indígena, el esfuerzo por brindar lo mejor de si cada día y el entusiasmo con el que cada día brillaba por su trabajo. Dejaste una huella imborrable y permanecerás siempre en nuestros corazones. Nuestros más sinceros deseos de fortaleza para su hijo Camilo y familia.
Los derechos territoriales de los pueblos indígenas han sido objeto de una lucha histórica que las comunidades han librado, resistiendo en sus territorios y exigiendo al Estado el reconocimiento, respeto y garantía de los mismos. Entre los avances más significativos se ha logrado el reconocimiento al derecho de propiedad colectiva sobre los territorios poseídos y ocupados ancestralmente. Sin embargo, hoy estamos ante una crisis generalizada de incumplimiento de este derecho que expone a las comunidades al despojo, destierro y por esa vía al riesgo de extinción física y cultural. La institucionalidad agraria del Estado colombiano no está atendiendo las demandas territoriales indígenas, y dilata en el tiempo la respuesta de manera irrazonable, con interpretaciones lesivas y restrictivas a los derechos de los pueblos y la creación de más y nuevos trámites que obstruyen este derecho.
El desconocimiento del derecho al territorio de los pueblos indígenas implica una agresión a todos sus derechos por la relación estrecha que tiene la vida en sí misma de las comunidades con el territorio, con la madre tierra. Negar el reconocimiento del territorio ancestral indígena sin garantizar la seguridad jurídica de sus territorios, mientras se incentivan e impulsan agendas de desarrollo en sus territorios, como la minería, la explotación de hidrocarburos y la construcción de megaobras de infraestructura constituye un riesgo alto de despojo territorial. Esto ocurre a la vez que aumentan los asesinatos, atentados y desplazamientos forzados entre otras graves violaciones de derechos humanos contra miembros de las comunidades, autoridades y miembros de la guardia indígena como consecuencia de la reconfiguración de las dinámicas de violencia política en los territorios indígenas.
El presente foro quiere presentar un análisis del estado actual de incumplimiento del Estado frente a los derechos territoriales de los pueblos, con el ánimo de alertar a las autoridades públicas, órganos de control, Ministerio Público, organismos internacionales de derechos humanos, comunidad en general y organizaciones indígenas sobre esta situación ya que nos encontramos ante un Estado de Cosas Inconstitucional-ECI de los derechos territoriales indígenas, ante la necesidad de implementar políticas, reformas normativas, proyectos de inversión y planes de trabajo que superen de manera estructural la negligencia institucional del Estado colombiano en esta materia.
Día: miércoles 11 de diciembre de 2019 Lugar: Universidad Libre Sede Candelaria, auditorio Darío Echandía
Hora: de 8:00 am a 12:30 m
Organiza: Secretaría Técnica Indígena de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas, Universidad Libre, Centro de Investigaciones Socio Jurídicas, grupo de investigación de estudios en Bioética Ecología Humana y Ecología Política.
Es para la Secretaría Técnica Indígena de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas – CNTI, una alegría presentar nuestro informe titulado: ESTADO DE COSAS INCONSTITUCIONAL DE LOS DERECHOS TERRITORIALES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS (2019), que consiste en el análisis del estado actual de incumplimiento del Estado frente a los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas. Este tuvo cómo insumos diferentes fuentes cómo los informes propios de la STI, informes del Observatorio de Derechos Territoriales de la STI, insumos enviados por Agencia Nacional de Tierras, entre otros.
Nuestra finalidad, es alertar a las autoridades públicas, órganos de control, Ministerio Público, organismos internacionales de derechos humanos, comunidad en general y organizaciones indígenas sobre esta situación, de manera que entre todos podamos construir alternativas que contribuyan a dar mayores garantías a la protección territorial de los pueblos y comunidades indígenas.
Este informe concluye que estamos ante un Estado de Cosas Inconstitucional-ECI de los derechos territoriales de los pueblos y comunidades indígenas, por ello es urgente la implementación de políticas, reformas normativas, proyectos de inversión y planes de trabajo que superen de manera estructural la negligencia institucional del Estado colombiano en esta materia.