por Prensa CNTI | Jun 14, 2024 | Nota de prensa
El pasado 12 y 13 de junio, la Alcaldía Municipal de Puerto Gaitán y la Inspección de Policía realizó acciones de desalojo contra de la comunidad indígena de Barrulia del pueblo Sikuani, quienes se encontraban asentadas en su territorio ancestral en el sector de Paratebueno. Este territorio ha sido divido en diversos predios, uno de ellos es Villa Esperanza donde se llevó a cabo el proceso de desalojo sin que se hiciera una identificación y caracterización de la comunidad indígena.
Estas acciones vulneran de forma directa la Constitución y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, toda vez que las acciones adelantadas por la Alcaldía en el desalojo no han observado el debido proceso, ni tampoco se han adelantado medidas alternativas de protección a la vivienda de esta comunidad, perdiendo de vista la protección reforzada de la comunidad indígena desalojada, tal como lo ha sido reconocido en la sentencia T-391 de 2022, que señala: “los ocupantes irregulares de predios privados que son víctimas de desplazamiento forzado o SEPC que “no cuentan con otra alternativa de vivienda y carecen de los medios materiales para procurarla”, son titulares de una protección procesal y sustantiva reforzada frente a los desalojos de los predios que ocupan irregularmente”.
Actualmente las familias desalojadas, se encuentran en el polideportivo del barrio indígena UNUMA en el casco urbano de Puerto Gaitán. Debido a la negativa de la Alcaldía de garantizar condiciones humanitarias de albergue, alimentación y atención prioritaria a salud de niños, mujeres embarazadas y adultos mayores.
Las autoridades indígenas han manifestado que la Alcaldía de Puerto Gaitán no garantizó las condiciones necesarias porque muchas personas de esta comunidad están censadas en otros resguardos. Este actuar evidencia la negación en la garantía de derechos de esta población que ha sido víctima del conflicto armado, del carácter de pueblo seminómada y de la protección reforzada constitucional como pueblo indígena en riesgo de exterminio físico y cultural.
De manera que, exigimos a la Alcaldía Municipal de Puerto Gaitán y a la Gobernación del Meta garantizar las medidas de albergue, alimentación y salud que implica la condición de constitucionalidad de las acciones de desalojo.
Alertamos a la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría, al Ministerio del Interior, al Ministerio de Agricultura, para que en el marco de su mandato y de sus funciones constitucionales garanticen los derechos a la seguridad y vida de la comunidad de Barrulia que se encuentran en condición de vulnerabilidad, como sujetos de especial protección del estado, así como víctimas del conflicto armado.
¡Defender los territorios es defender la vida!
por Prensa CNTI | Jun 13, 2024 | Nota de prensa
En el marco de las acciones para la preservación y protección de la biodiversidad, la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI) participó en el Taller Subregional sobre la Meta 3 del Marco Mundial de Biodiversidad Kunming-Montreal. Este taller se realizó del 9 al 13 de junio de 2024 en Costa Rica.
El evento fue organizado por la Presidencia del Gobierno de la República de Costa Rica y la Coalición de Alta Ambición. El propósito fundamental del encuentro fue focalizar la atención en la Meta 3 del Marco Mundial de Biodiversidad, la cual busca la conservación de la biodiversidad mediante la gestión, protección y cuidado de las áreas protegidas de los territorios indígenas y tradicionales. Esta meta es indispensable para detener y revertir la pérdida de biodiversidad a nivel global.
La biodiversidad no solo es fundamental para mantener todas las expresiones de la vida, sino también para sostener las culturas y modos de vida de los pueblos indígenas que habitan estos territorios. El evento reunió a representantes de países de América Latina, incluidos a los pueblos indígenas y comunidades locales, con el firme propósito de discutir y desarrollar planes de acción temáticos y estrategias de conservación reales, participativas y eficaces.
La participación de la CNTI fue clave, porque no solo posibilitó el hecho de compartir experiencias entre pueblos hermanos, sino que además fortaleció la cooperación internacional en la protección de la biodiversidad. La presentación de la CNTI focalizó su atención en los derechos territoriales para los pueblos indígenas en Colombia, ya que de ellos depende el desarrollo de su vida física, espiritual y sociocultural.
La garantía de los derechos territoriales de los pueblos indígenas va más allá de la consolidación legal de territorios constituidos. La protección del territorio, en ese sentido, no solo implica el reconocimiento legal y jurídico, sino sobre todo abarca la protección y reivindicación de sus territorios como espacios de significado ancestral y tradicional, fundamentales para su identidad y pervivencia cultural. La protección efectiva de los territorios indígenas debe considerar la gestión autónoma de sus recursos, respetando sus sistemas de gobierno propio, sus prácticas culturales y su relación espiritual con la tierra.
La garantía efectiva de los derechos territoriales de los pueblos indígenas es fundamental para su pervivencia y bienestar. Esto requiere la implementación de medidas concretas que incluyen la protección de áreas sagradas más allá de los resguardos existentes, el respeto por los territorios tradicionalmente ocupados por comunidades indígenas, y el reconocimiento de su derecho al autogobierno y a la autodeterminación dentro de estos territorios. Además, es esencial asegurar su participación efectiva a través de la consulta previa en cualquier proyecto que les afecte. Proteger estos territorios de amenazas como la explotación industrial y la deforestación es crucial para mantener la integridad de sus territorios y sus sistemas de vida.
Los derechos territoriales de los pueblos indígenas reconocidos por las Altas Cortes, tanto nacionales como internacionales, incluyendo la Corte Constitucional de Colombia y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a través de estándares de derechos establecidos. En Colombia, el Estado ha promulgado normativas y políticas públicas, tales como el Decreto 2164 de 1995, el Decreto 4633 de 2011 y el Decreto 2333 de 2014, destinados a asegurar estos derechos. Sin embargo, persisten significativas deficiencias. A pesar de las normativas existentes, hay un atraso considerable en el reconocimiento, delimitación, protección, titulación y restitución de los territorios indígenas. Esta situación va en contravía de las obligaciones del Estado colombiano y amenaza la pervivencia física y cultural de los pueblos indígenas.
Desde la COP15, se ha reconocido oficialmente la contribución crucial de los pueblos indígenas en la protección de la biodiversidad dentro de sus territorios. Esta contribución se integra ahora a los indicadores globales de diversidad biológica, subrayando la importancia de proteger los territorios indígenas y, por ende, sus derechos territoriales. Integrar estas contribuciones en los indicadores globales de diversidad biológica subraya la necesidad de proteger los territorios indígenas y, consecuentemente, sus derechos territoriales.
En ese sentido es necesario realizar un monitoreo constante de los territorios para garantizar su conservación y protección. El proceso requiere un conocimiento profundo de los territorios, como el que poseen los pueblos indígenas. También es vital contar con mecanismos y sistemas que permitan recopilar esta información y combinarla con la del Estado, con el propósito de crear herramientas eficaces de control y vigilancia. Estos mecanismos son esenciales para proteger los territorios biodiversos y vulnerables, y facilitan la detección de impactos y amenazas externas que puedan afectar a los territorios indígenas.
Los Estados deben proporcionar los recursos y establecer condiciones jurídicas adecuadas para garantizar el derecho de las comunidades a su propiedad y su pleno ejercicio. Así, se asegura que las comunidades disfruten del derecho a la propiedad, gocen de su territorio en un sentido amplio y ejerzan su sistema de gobierno autónomo, de modo que su identidad cultural y sus formas de vida tengan reconocimiento y efectos jurídicos frente al resto de la sociedad.
En conclusión, la participación de la CNTI en el Taller Subregional en Costa Rica fue crucial porque resaltó la relevancia crítica del territorio para los pueblos indígenas, no sólo como un espacio físico, sino como un componente esencial de su identidad y pervivencia cultural. Este evento proporcionó una plataforma valiosa para discutir y enfatizar la protección de los territorios indígenas bajo el marco del Marco Mundial de Biodiversidad y el Convenio de Diversidad Biológica. Al integrar las voces, saberes y conocimientos ancestrales de los pueblos indígenas en las estrategias de conservación, cuidado y políticas globales, se refuerza la importancia de su participación activa y decisiva en la gestión y conservación de la biodiversidad. La garantía de sus derechos territoriales y la protección efectiva de sus tierras son indispensables no solo para el bienestar de los pueblos indígenas sino también para el equilibrio ecológico global.
¡Defender los territorios es defender la vida!
por Prensa CNTI | Jun 7, 2024 | Nota de prensa
En el marco de las acciones preparatorias para el escenario mundial de biodiversidad más grande del planeta: “Conferencia de las Partes COP16: Colombia en Paz con la Naturaleza”, el 7 de junio la Comisión Nacional de Territorios Indígenas CNTI asistió al Encuentro Territorial en el municipio de Tumaco, Nariño, con el objetivo de participar en las Mesas temáticas para la construcción del Plan de Acción de Biodiversidad, realizando el acompañamiento a las comunidades y pueblos indígenas que habitan la región suroccidente.
Como parte de la agenda 2024 en Colombia para la preservación, protección y salvaguarda del ambiente, el encuentro en Tumaco es un escenario de participación integrado a la Ruta Pacífica, que se vincula a los 17 Encuentros Regionales que se organizan a nivel nacional en las diferentes regiones de Colombia. Siendo un espacio para el diálogo y encuentro étnico entre pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes, en el cual se entablan conversaciones entorno a las 23 Metas del Marco Global Kunming Montreal.
Este encuentro fue liderado por el Ministerio de Ambiente y de Desarrollo Sostenible, Parques Nacionales Naturales, comunidades indígenas y consejos comunitarios afrodescendientes de la Costa Pacífica nariñense, Gobernación de Nariño, Universidad de Nariño, Universidad Mariana y CORPONARIÑO, entre otras entidades que reconocen a las pueblos indígenas y Consejos comunitarios afro, como actores fundamentales para la construcción participativa y conjunta del Plan de Acción de Biodiversidad de Colombia hacia el año 2030.
Así mismo, en el ejercicio participativo del Encuentro Regional, la CNTI se vinculó en la Mesa Étnica, posicionando la necesidad e importancia de reconocer los derechos territoriales a través de la participación de los pueblos indígenas en el ejercicio de la gobernanza, autonomía y autodeterminación de los territorios indígenas en el uso, manejo, administración y armonización colectiva de los instrumentos de planeación del desarrollo y ordenamiento territorial con enfoque étnico. Además, de mitigar los efectos del cambio climático, fortalecer la preservación de los ecosistemas y la conservación de la biodiversidad en Colombia, mediante la figura de resguardos indígenas.
La Comisión Nacional de Territorios Indígenas, reiteró la importancia de fortalecer los procedimientos normativos y las adecuaciones institucionales necesarias para la formalización y seguridad jurídica de los territorios, conservando la biodiversidad a través de la implementación de sistemas de restauración propios de las comunidades indígenas. A su vez, instó al Gobierno Nacional a garantizar espacios de consulta y concertación con las comunidades sobre los planes, políticas y normativas para la gestión integral de los ecosistemas, la biodiversidad, el respeto, reconocimiento de las salvaguardas sociales y ambientales, ya existentes en las comunidades indígenas.
¡Defender los territorios es defender la vida!
por Prensa CNTI | May 28, 2024 | Nota de prensa
El Secretario Técnico Indígena de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas -CNTI, radicó el pasado 06 de mayo de 2024, una acción de tutela en favor de la comunidad indígena Barrulia, del pueblo Sikuani de Puerto Gaitán, Meta, con el fin de que se tutelen los derechos fundamentales del debido proceso, al territorio, a la protección, a los territorios ancestrales y/o tradicionales y a la autonomía. Lo anterior, obedece a las demoras excesivas en la resolución de la revocatoria directa, interpuesta desde la STI-CNTI en octubre de 2022. Sin que, a la fecha de la presentación de la acción judicial, se haya tomado medidas de fondo a dicha solicitud.
Como principales argumentos, se estableció que desde el año 2017 la comunidad de Barrulia solicitó a la Agencia Nacional de Tierras (ANT), la protección de sus territorios ancestrales, según lo establecido en el Decreto 2333 de 2014. La solicitud fue decidida en mayo del 2022, cinco años después, por parte de la Subdirección de Asuntos Étnicos mediante Resolución No. 20225100110896, en la que resolvió no reconocer su ocupación histórica del territorio ancestral por no haber ejercido “ocupación continuada sobre el mismo”.
Cabe mencionar, que en dicha decisión no se consideró el carácter nómada y seminómada del pueblo indígena Sikuani. Además, tampoco se valoró el contexto histórico de violencia que le ha dificultado su tránsito y ocupación territorial, así como el despojo institucional de los territorios que ha llevado a sus comunidades a padecer afectaciones territoriales como el confinamiento y el desplazamiento forzado.
De igual forma, se precisó que desde la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC), las Autoridades Indígena de Colombia Por la Pachamama (AICO) y la Confederación Indígena Tayrona (CIT), también presentaron en noviembre de 2022, las solicitudes de Revocatoria Directa, con el objetivo de que la Agencia Nacional de Tierras, estudiara la negación de su decisión enmarcada en la manifiesta oposición a la constitución política y al interés social y público que implicó esta decisión.
La acción de tutela fue admitida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras, quien concedió el amparo constitucional en favor de la comunidad de Barrulia el día 22 de mayo de 2024, ordenando así a la Dirección de Asuntos Étnicos, que, en el término de 10 días, resuelva las solicitudes de revocatorias directas en contra de la resolución que niega la protección del territorio ancestral de la comunidad de Barrulia. Así mismo, el juez instó a la ANT para que adelante los procesos de protección a la posesión de territorios ancestrales sean atendidos en los plazos y las condiciones establecidas en el marco del Decreto 2333 de 2014.
Lo anterior sienta un precedente importante en materia procedimental y de protección de los territorios indígenas en referencia a las solicitudes realizadas en el marco del Decreto 2333 del 2014, pues señala la necesidad de que la Agencia Nacional de Tierras, adelante el procedimiento administrativo mediante trámites prioritarios, preferentes, sin dilaciones administrativas y atendiendo a los principios constitucionales de celeridad y economía procesal.
¡Defender los territorios es defender la vida!
por Prensa CNTI | May 19, 2024 | Nota de prensa
El pasado 15 al 17 de mayo del 2024, se llevó a cabo la primera sesión mixta y autónoma entre el Gobierno Nacional y el Gobierno Indígena, en la cual, se lograron 10 acuerdos en relación a los siguientes temas. Ejecución presupuestal 2023 – 2024 con las entidades Agencia Nacional de Tierras -ANT y la Unidad de Restitución de Tierras URT. Además, de los relacionados con la formalización en la articulación entre las unidades de gestión territorial y el nivel central de la ANT, mecanismo y protocolo de registro de actos administrativos que formalizan territorios indígenas, abordaje ambiental, reconocimiento de los pueblos indígenas, adecuación institucional y restitución.
Durante la sesión la Secretaria Técnica Indígena y los delegados indígenas manifestaron que aún persiste el incumplimiento sistemático de acuerdos celebrados con el Ministerio del Interior con dicho espacio de concertación. Además, del rezago sistemático en materia de registro de autoridades, estudios etnológicos y conceptos previos que vulnera los derechos fundamentales de los pueblos indígenas a la autodeterminación y al fortalecimiento de su identidad cultural, consagrados en el Convenio 169 de la OIT. A pesar de las reiteradas solicitudes, a la fecha que no se conoce el estado real del total de solicitudes.
Por otro lado, con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y ANT, se analizó detenidamente la distribución del presupuesto asignado para los proyectos de inversión de los territorios indígenas, reconociendo la necesidad de garantizar una asignación efectiva y el cumplimiento de metas e indicadores que permitan superar la brecha histórica en materia territorial, puesto que el presupuesto no es solo una cifra, sino una herramienta fundamental para la materialización de proyectos que impactan directamente en la calidad de vida de las comunidades.
Luego de una jornada de revisión entre las partes e intervenciones de casos puntuales se culminó la sesión concertando los siguientes puntos:
La ANT y la STI-CNTI, realizarán mesas de trabajo para sesionar el primer jueves de cada mes durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 2024. Esto como mecanismo de seguimiento conjunto a los avances de la ejecución y cumplimiento de metas para las compras, formalización y seguridad jurídica de la presente vigencia. Además, la ANT en cabeza del director general o su delegado adelantarán una mesa técnica para revisar la proyección de la contratación y el rediseño estratégico de los equipos técnicos del nivel central y UGT´s que atenderán los procesos de adquisiciones, formalización, y seguridad jurídica.
Así mismo, otro de los acuerdos fue en relación a la atención de los derechos constitucionales indígenas, a la participación y libre autodeterminación donde no serán incluidos considerandos de Otras Medidas Efectivas de Conservación Basadas en Área OMEC, Pagos por Servicios Ambientales PSA y los Núcleos de Alta Deforestación NAD en los actos administrativos de formalización y seguridad jurídica expedidos por la Agencia Nacional de Tierras.
En ese sentido, el delegado indígena ante el Consejo Directivo de la ANT presentará la propuesta de considerando relacionada con el componente ambiental, de biodiversidad y cambio climático de los territorios indígenas, desde los sistemas de conocimiento y gobierno propio, para ser incorporado en los Actos Administrativos de formalización.
Por otro lado, en el marco del seguimiento al acuerdo 21030109, la Dirección de Asuntos Étnicos DAE de la URT remitirán un informe a la CNTI del balance presupuestal del año 2023, donde señale el presupuesto que se destinó y ejecutó en favor de los pueblos indígenas.
Además, para la garantía del derecho fundamental a la restitución de derechos territoriales, la URT en la línea base del fondo de restitución para atender las órdenes judiciales de derechos territoriales, deberá diferenciar el presupuesto asignado, y ejecutado, destinado al cumplimiento de las sentencias de restitución de pueblos indígenas.
En cuanto al seguimiento del compromiso 4 de la sesión I de la CNTI del año 2023, las organizaciones indígenas que hacen parte de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas – CNTI y el equipo autónomo, presentarán una propuesta de instrumentos normativos y adecuación institucional que busquen simplificar y agilizar los procedimientos de dotación, formalización, protección y seguridad jurídica de los territorios Indígenas, con el fin de ser concertado con el Gobierno Nacional y su posterior expedición.
En relación al acuerdo suscrito entre el Gobierno Nacional y el Pueblo Arhuaco en el territorio ancestral de Jimain en el 2023, se llevará a cabo una mesa técnica con el director general de la ANT para el día 20 de mayo de 2024. La cual tendrá como objetivo, hacer una revisión general del avance y las diferentes acciones que se han ejecutado por parte de las instituciones, con el fin de aclarar, mejorar y coordinar medidas que impulsen el efectivo desarrollo de la ruta.
Además, en el seguimiento de los acuerdos 22060102, 23060113 y 23060114 suscritos en la CNTI orientados a la ejecución de la estrategia de aceleración y descongestión para atender las solicitudes de restitución la URT enviará un informe antes de la sesión autónoma del mes de junio de la CNTI, que señale los avances del rezago del año 2023, su estado actual a 2024.
Finalmente, el Ministerio del Interior convocará a una reunión de alto nivel entre el ministro y el Secretario General de esa cartera, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la CNTI, en un plazo no mayor a un mes, con el objetivo de abordar y acordar acciones que busquen resolver la problemática respecto a estudios etnológicos, registro de autoridades, conceptos previos y auto censos.
La Comisión Nacional de Territorios Indígenas CNTI, seguirá avanzando en el trabajo por la reivindicación de los derechos territoriales de pueblos indígenas en Colombia.
¡Defender los territorios es defender la vida!
por Prensa CNTI | May 16, 2024 | Nota de prensa
La Comisión Nacional de Territorios Indígenas dio inicio a la primera sesión mixta, el pasado 15 de mayo del 2024 en la ciudad de Bogotá, con la participación de sus respectivos delegados indígenas y la delegación del Gobierno Nacional. El objetivo fue abordar temas estructurales en la formalización de territorios y territorialidades indígenas para continuar con la defensa y garantía de los derechos territoriales.
Uno de los temas centrales en la discusión durante la sesión mixta, fue la presentación del Proyecto de Decreto Reglamentario para la constitución de Territorios Campesinos Agroalimentarios -TECAM por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural – MADR- quienes socializaron el proyecto y mencionaron que “este proyecto de decreto, al igual que las Zonas de Reserva Campesinas (ZRC) son respetuosas con los derechos étnicos. En principio que no existan conflictos, pues se busca salvaguardar los derechos étnicos. La propuesta no busca estar por encima de los procesos y derechos indígenas”.
En el análisis realizado por los delegados indígenas y el Secretario Técnico Indígena respecto al Decreto, manifestaron que si bien, los TECAM, se constituyen como una figura diversa de ordenamiento territorial que busca la seguridad alimentaria y la protección de las dimensiones económicas, social, cultural, política y ambiental del campesinado; esta figura surge posterior al reconocimiento del campesinado como sujeto de derechos y de especial protección a partir de la modificación del artículo 64 de la Constitución Política introducida por el acto legislativo No. 1 de 2023, es decir, busca la superación de la deuda histórica que el Estado colombiano tiene con el campesinado en materia de soberanía alimentaria a partir del relación con la tierra.
Sin embargo, la Secretaria Técnica Indígena de la CNTI, junto con los delegados indígenas advirtieron ciertas problemáticas a partir del proyecto de decreto propuesto por el MADR, por el cual se busca modificar el decreto único reglamentario 1071 de 2015, relacionadas con los derechos territoriales indígenas.
Algunas de estas problemáticas que señaló la STI de la CNTI, tienen que ver con la viabilidad de la constitución de los TECAM, puesto que existe un desconocimiento de la relación especial de los pueblos indígenas con los territorios poseídos ancestralmente. Si bien, se plantea la inviabilidad de la constitución de los TECAM sobre territorios y resguardos indígenas, no hay claridad sobre la identificación de los territorios ancestrales. Es decir, la institucionalidad no ha identificado cuales son estos territorios ancestrales, ni se hace referencia a los que se encuentran inmersos en procesos de protección y/o formalización que aún no cuentan con respuesta institucional.
Así mismo, se evidenció falta de claridad y comprensión para la superación de los conflictos entre pueblos indígenas, comunidades campesinas y afrodescendientes en materia territorial. Puesto que, se establece en este proyecto de decreto, que, ante la existencia de conflictos en el marco del proceso de constitución de los TECAM, en caso de que comunidades indígenas hayan “formalizado” solicitudes de constitución o ampliación de resguardos, la Agencia Nacional de Tierras (ANT) convocará a “reuniones o mesas de concertación entre las partes interesadas”. Siendo llamativo, que, si en un término perentorio de 180 días, en estos espacios no se llega a acuerdos, la entidad tomará las “medidas y decisiones administrativas que correspondan”. Aunque, no se entiende qué tipo de medidas o decisiones administrativas tomará la ANT en caso que las desarmonías territoriales persistan ni si estas serán consultadas.
Dentro del procedimiento de constitución de los TECAM, se establece que se hará un análisis sobre territorios de ocupación histórica campesina. Sin embargo, este análisis debe incluir todas las territorialidades que allí concurran, en efecto, se debe tener en cuenta el análisis de las territorialidades indígenas en todas sus dimensiones. Deben existir garantías previas de identificación de los territorios ancestrales indígenas.
Así mismo, se manifestó que el Gobierno Nacional, en el marco del reconocimiento de los derechos de los campesinos, no puede dejar de lado la deuda histórica que tiene con los pueblos indígenas como sujetos de especial protección constitucional en materia territorial.
Actualmente, existen rezagos institucionales que obedecen a problemáticas estructurales desde lo institucional y normativo que deben ser atendidas de manera urgente, como lo ha reconocido la Corte Constitucional, que existen pueblos indígenas en inminente riesgo de extinción física y cultural, situación que se agrava por la falta de seguridad jurídica y reconocimiento sobre los territorios.
En ese sentido, desde la STI de la CNTI, se advirtió y exigió al Gobierno Nacional, que, en el marco de la creación de esta figura de ordenamiento y su reglamentación, se garantice el derecho fundamental a la participación de la consulta previa de los pueblos indígenas, pues se evidencian afectaciones directas sobre los territorios y territorialidades indígenas.
Finalmente, se avanzó en otros temas de vital importancia para el desarrollo y la protección de los territorios indígenas, de los cuales destacamos los siguientes. Presupuesto en el cual, se abordó principalmente el rezago que las instituciones tienen con los pueblos indígenas. Formalización, acceso a tierras y seguridad jurídica para una mejor articulación entre las unidades de gestión territorial y desde el nivel central de la ANT para la descentralización y los mecanismos y protocolos de registro de actos administrativos que formalizan territorios indígenas. Abordaje ambiental, principalmente desde la perspectiva de las Otras Medidas Efectivas de Conservación Basadas en Áreas – OMEC y la identificación de los conflictos ambientales respecto a la relación entre la conservación de los ecosistemas y la seguridad jurídica de los Territorios Indígenas.
¡Defender los territorios, es defender la vida!