Una de las obligaciones a cargo del Estado colombiano en el marco de su responsabilidad de garantizar el derecho fundamental al territorio de los pueblos indígenas, la seguridad jurídica de los territorios, así como el disfrute interdependiente de todos los derechos que allí se ejercen.
Con el comienzo de este nuevo gobierno, más concretamente en octubre del año pasado, en el marco del evento “Colombia, un país diverso y multiétnico: formalización de territorios indígenas e intercambio de saberes ancestrales” la Agencia Nacional de Tierras anunció al país la entrega PROTOCOLARIA de las resoluciones tendientes a la formalización de 10 resguardos que abarcaban 297mil hectáreas. Es importante aclarar que estas hectáreas hacían referencia a predios sobre los cuales ya se había tomado una decisión de formalización en gobiernos anteriores, que la fecha de creación del registro de cada una de estas decisiones también tuvo lugar en el periodo del gobierno anterior, de este modo la única actividad del actual gobierno asociada a dichas entregas en ese momento, solo tuvo que ver con el reporte de algunas de esas formalizaciones al sistema de metas de cumplimiento del Estado -Sinergia-, lo cual constituye un paso ajeno a la consolidación de los derechos territoriales en estricto sentido.
Valga señalar que, en el marco de un proceso de formalización de un territorio indígena, posterior al cumplimiento de múltiples trámites que comprenden un estudio socioeconómico, un estudio de títulos, adquisiciones de predios en caso de ser necesario, y conceptos de diversas entidades -lo cual suele demorarse al punto de ser necesario repetir las etapas por desactualización de los datos, y existen solicitudes de formalización radicadas hace más de treinta y cinco años y en el promedio su culminación está alrededor de los diez años.
Superado este filtro este Consejo -que está conformado por 11 miembros en representación de diversas entidades del gobierno – expide la resolución que constituye, amplía, sanea o clarifica la vigencia del título de un resguardo, de ahí en adelante, lo que procede es registrar dicha decisión ante la oficina de instrumentos públicos con el fin de dar publicidad de esta decisión con efectos hacia terceros y en caso de que la comunidad no esté en posesión del predio respectivo se procede a la entrega material. De ahí en adelante, para efectos de reporte de resultados de la entidad, el respectivo caso se sube al sistema Sinergia como parte del cumplimiento de metas a cargo de la Agencia Nacional de Tierras tal cual lo hacen todas las entidades públicas (ver imagen 1).
Imagen 1 Síntesis del proceso de formalización resguardos indígenas
A continuación está la tabla 1 que relacionado los resguardos que fueron entregados en dicha jornada. Tabla 1 Actos de formalización entregados por parte de Agencia Nacional de Tierras en octubre de 2022
Fuente: elaboración propia con base en ANT (datos de 2023)
Lejos de ser un hecho aislado, desde su inicio, la divulgación de este tipo de información puede llegar a presentarse para interpretaciones erróneas sobre la gestión del nuevo gobierno en materia de dotación de tierras para pueblos indígenas, situación que se ha venido reiterando a un punto que más allá de mostrar resultados, puede estar actuando en desmedro de la transparencia, y por el contrario puede ser el detonante absolutamente evitable de nuevos conflictos inter étnicos, el cual sería el escenario menos deseado durante este cuatrienio como lo pasamos a describir.
Así, en noviembre de 2022, al cierre de los primeros cien días del gobierno Petro, la Agencia Nacional de Tierras hizo un nuevo anuncio en la ciudad de Valledupar sobre la formalización de 256 mil hectáreas de tierras en el marco de lo que fue presentado por la entidad como “la titulación masiva de comunidades étnicas más grande que se haya realizado hasta ahora” en la que se hizo la entrega de las resoluciones de constitución o ampliación de lo que en su momento se anunció que involucraba a 32 resguardos indígenas.
Una vez más aclaramos, que los resguardos involucrados según la información reportada por la Agencia Nacional de Tierras a la Secretaría Técnica Indígena del espacio de diálogo nacional en materia de tierras de los pueblos indígenas con el gobierno nacional, la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (en adelante STI-CNTI), además de responder al listado de 30 y no 32 resguardos como lo anuncia la publicidad, hacían referencia a predios que también habían sido formalizados en gobiernos anteriores, por ejemplo, algunas adoptadas desde el año 2019 (Naexal Lajt, El águila), razón por la cual, en este caso, no se evidencia ninguna gestión por parte del gobierno actual, salvo que, el registro de algunas de estas resoluciones hayan tenido lugar en los últimos 10 meses, información que no fue aportada por parte de la Agencia.
Aquí podemos destacar el caso del Resguardo Monilla Amena, del pueblo Murui Muina, ubicado en el departamento del Putumayo, el cual fue constituido en noviembre de 2021 y la fecha de reporte a Sinergia de este acto figura en diciembre de 2021. Cada uno de los casos de este segundo anuncio publicitario por parte de la ANT puede verse en la tabla 2. Cabe insistir en que, sobre este segundo anuncio no fue posible acceder a las respectivas fechas de registro, lo cual nos limita a precisar o tener mayor claridad sobre los alcances de la gestión de cada gobierno.
Tabla 2 Actos de formalización entregados en Valledupar el 11 de noviembre de 2022
Fuente: elaboración propia con base en ANT (2023)
Con estos dos anuncios presentados a la opinión pública, al parecer se está dando a entender que ya se trataría de al menos 553mil ha formalizadas para pueblos indígenas en el marco del presente gobierno nacional. Razón por la cual la STI-CNTI prendió sus alarmas, y en aras de tener mayor claridad sobre los datos que venía anunciando la ANT, justo el día de la entrega de las resoluciones en Valledupar, en sesión formal de la CNTI del 11 de noviembre de 2022, la STI presentó una declaración pública dirigida al Ministerio de Agricultura y a la Agencia Nacional de Tierras en la que se indicó que la entrega de las resoluciones en relación con esos 32 resguardos como producto del trabajo de este gobierno, no se correspondía con un hecho cierto, en la medida que dichos reconocimientos estaban asociados a gestiones gubernamentales y de los pueblos indígenas en vigencias anteriores.
Publicidad marzo 1 de 2023 Publicidad marzo 10 de 2023
Es preciso destacar que, si bien los trinos del 1 y 10 de marzo de 2023 se refieren a ¨entregas¨, una posterior publicidad de este mismo mes parece ofrecer un comparativo de las hectáreas formalizadas para cada sector beneficiario, es decir, que se podría fortalecer la idea de que no se trata de entregas de títulos sobre las tierras si no de formalizaciones impulsadas durante este gobierno. Al respecto también precisar que la constitución de una Zona de Reserva Campesina no necesariamente implica una formalización y no se asemeja a la consolidación de una propiedad colectiva como ocurre con un resguardo.
Frente a estas cifras, hasta donde tiene conocimiento la STI-CNTI, en el marco del consejo directivo de la Agencia, el actual gobierno ha dado a conocer la formalización, de por lo menos 10 casos. Siete (7) de ellos de constitución de resguardo y tres (3) de ampliación, los cuales suman un total de 114.350 hectáreas. Esta cifra reportada sería la que el actual gobierno podría presentar como parte de su gestión y no la cifra publicada el 10 de marzo en sus canales de comunicación. Lo anterior, con la salvedad que no se cuenta con la certeza del registro de dos de estas resoluciones como paso final con efectos de publicidad a terceros sobre la propiedad colectiva.
En el entender de la STI-CNTI, al momento de la última publicidad del 10 de marzo, a la gestión del gobierno Petro le son atribuibles 114.550 hectáreas que favorecen 10 resguardos indígenas. Respecto de las 553mil hectáreas que favorecieron a 40 resguardos indígenas, se atribuyen en principio al gobierno anterior, en la medida en que todos los actos administrativos son previos al gobierno actual. Se hace necesario corroborar en qué fecha se procedió al registro de dichos casos, datos que hasta el momento, como ha sido mencionado, no fueron aportados por la Agencia a la STI-CNTI.
Relación de hectáreas formalizadas a pueblos indígenas mencionadas en notas de prensa de la Agencia Nacional de Tierras durante este gobierno
Sumando las dos cifras anteriores (114.350 + 553.828) con el objetivo de entender por qué se llegó a anunciar la formalización de 910mil ha en el reporte más reciente, quedarían aun 243mil ha sobre las cuales no se tiene información.
Valga señalar que posterior a esta publicidad del gobierno han sido adoptadas otras cuatro resoluciones por parte del consejo directivo, las cuales abarcan la formalización, mediante dos constituciones de resguardo y dos ampliaciones de resguardo, de 44.869 hectáreas sobre las que aparentemente faltaría garantizar el respectivo registro. Lo anterior, sin perjuicio de otras pocas resoluciones que hayan podido expedirse en días recientes.
Formalización de territorios indígenas durante el gobierno Petro
Fuente: elaboración propia con base en ANT (2023)
Por todo lo anterior, desde la STI-CNTI hacemos un llamado al gobierno nacional para que de precisión a la opinión pública sobre cuáles son las cifras de formalización de territorios para pueblos indígenas gestionadas durante el actual gobierno, diferenciando cuáles casos hacen parte las gestiones adelantadas y culminadas en el gobierno anterior.
En el mismo sentido, para los pueblos indígenas es de suma importancia que el gobierno nacional pueda dar todas las claridades pertinentes sobre los procesos de formalización de territorios indígenas, tanto de la gestión de gobiernos pasados como los casos que le corresponde a la gestión del actual gobierno. Información que también es importante para las demás poblaciones rurales y la ciudadanía en general. Y de este modo se pueda evidenciar precisión y coherencia con el compromiso manifestado por este gobierno con los pueblos indígenas.
Es claro que en algunos casos las nuevas administraciones recogen la cosecha de los anteriores gobiernos, por lo que necesario que haya veracidad en la información que se comparte con la ciudadanía colombiana a fin de evitar malentendidos o general posibles conflictos innecesarios entre la población indígena y otros sectores de la sociedad. De igual modo este gobierno esperamos que no caiga en esas viejas prácticas de la desinformación o información parcializada, contrario a ello esperamos que con cifras ciertas, claras y veraces podamos seguir construyendo entre todos esa tan anunciada reforma agraria.
Pronunciamiento de los Pueblos y Organizaciones Indígenas frente al incumplimiento sistemático de los acuerdos pactados con el gobierno nacional del Presidente GUSTAVO PETRO URREGO
Los 115 Pueblos Indígenas, hablantes de 64 lenguas y con vocería de los Pueblos Indígenas no contactados o en aislamiento voluntario, con una territorialidad legalmente reconocida en un 33% del país, con presencia en 31 Departamentos, en ejercicio de los Gobiernos Propios, en unidad espiritual y territorial con fundamento en los mandatos y principios entregados en la Ley de Origen, Derecho Mayor, Derecho Propio, Ley Natural y Palabra de Vida; representados por la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC), la Organización de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Colombiana (OPIAC), la Confederación Indígena Tayrona (CIT), Autoridades Indígenas de Colombia AICO “Por la Pacha Mama”, Autoridades Tradicionales Indígenas de Colombia – Gobierno Mayor, el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC Nacional) y el Movimiento de Autoridades Indígenas del Suroccidente (AISO), como Movimiento Indígena congregado en la Mesa Permanente de Concertación – MPC, señalamos lo siguiente: En el marco de la unidad los Pueblos Indígenas nos movilizamos y apoyamos hasta lograr la elección del presidente Gustavo Petro y respaldamos las trasformaciones sociales que requiere el país, sin embargo, hasta la fecha se han venido dando una serie de incumplimientos que no han garantizado el Buen Vivir de los Pueblos Indígenas y que por el contrario dificultan y ponen en riesgo la construcción de la Colombia pensada. Vemos con gran preocupación y rechazamos el limitado avance en la ejecución de las salvaguardas para la protección del territorio, el Gobierno Propio y la puesta en marcha de nuestros sistemas propios (salud, educación, justicia, ambiente), la lucha contra el cambio y la crisis climática, las dificultades para la construcción de la paz total y protección de los DDHH, y la falta de diálogo directo del Presidente con el Movimiento Indígena. Por lo anterior:
1. EXIGIMOS el respeto por el Consentimiento Libre, Previo e Informado y la Consulta Previa como derechos fundamentales e irrenunciables de los Pueblos Indígenas, de conformidad con lo establecido en los instrumentos internacionales en materia de derechos de los Pueblos Indígenas, esto es, el Convenio 169 de la OIT ratificado mediante la Ley 21 de 1991, la declaración de las Naciones Unidas y la declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. En ese sentido solicitamos al Gobierno Nacional el levantamiento de las reservas o veto a la “Declaración Universal sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas” para que sea adoptada en su totalidad por el Estado Colombiano.
2. EXIGIMOS al Gobierno Nacional y a la Rama Legislativa RESPETAR, ACATAR, PROTEGER Y CUMPLIR los acuerdos pactados con los Pueblos Indígenas en el marco del proceso de Consulta, Previa, Libre e Informada del Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. Además de garantizar su implementación concertada por conducto de nuestras estructuras propias y autoridades representativas correspondientes.
3. DENUNCIAMOS las violaciones a los derechos Humanos de los Pueblos Indígenas graves y sistemáticas, van más de 500.000 víctimas Indígenas a causa del conflicto interno desde la firma del Acuerdo de Paz de La Habana, las agresiones más recurrentes por parte de los grupos armados son las amenazas, confinamientos, los asesinatos, el reclutamiento forzado, los desplazamientos, las violaciones sexuales, los cultivos de uso ilícito, la deforestación, la minería ilegal y la contaminación con residuos y metales pesados. Por lo tanto, exigimos la protección de todas las formas de vida, la activación de las rutas propias de protección culturales, la reactivación de los diálogos entorno a la construcción de la Política Pública de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas, la declaratoria de emergencia y crisis humanitaria, la implementación de programas para la atención de Indígenas víctimas del conflicto armado y el cumplimiento irrestricto del capítulo étnico del Acuerdo de Paz.
4. ALERTAMOS por el incumplimiento sistemático y generalizado del Gobierno Nacional a los acuerdos suscritos, pactados y protocolizados con los Pueblos Indígenas en el marco de la MPC hasta la fecha, con relación a: la implementación de la política para la prevención del reclutamiento, uso, utilización y violencia sexual de niños, niñas y adolescentes de los Pueblos Indígenas, no se presentan avances por parte del ICBF; las rutas metodológicas para la garantía del derecho fundamental a la Consulta Previa en cuanto a la coordinación de la JEI con la Jurisdicción Ordinaria; la materialización de los cambios estructurales que requiere el país en la lucha contra el cambio y la crisis climática; finalmente dos de los asuntos fundamentales para nuestra pervivencia están siendo dejados al final de la agenda incumpliendo incluso los constantes acercamientos que hemos propiciado con el Gobierno Nacional en materia de salud y educación.
5. EXHORTAMOS al Gobierno Nacional a que garantice las acciones necesarias para poner en funcionamiento nuestros territorios como Entidades Territoriales, haciendo efectivo nuestro estatus como autoridades estatales, garantizando nuestra gobernabilidad y el apoyo institucional para la real implementación de los sistemas propios de educación, salud, ambiente, justicia, entre otros. Como un paso inmediato, se debe expedir la norma que reconoce competencias ambientales a los territorios Indígenas que ya han sido protocolizadas en el pasado.
6. ALERTAMOS la posible configuración de un incumplimiento al fallo judicial de la Corte Constitucional SU-245 de 2021 por la NO expedición del decreto del Sistema Transitorio de Equivalencias para los dinamizadores y educadores indígenas ya concertado y protocolizado. Así como la ausencia del Ministerio de Hacienda para abordar el componente administrativo del SEIP.
7. MANIFESTAMOS nuestra voluntad permanente e indeclinable de continuar con el diálogo constructivo, propositivo y transformador, pero no renunciamos a la movilización. Hemos confiado en que un gobierno que hace una apuesta por el cambio estará a la altura del momento histórico que vivimos, y que podremos materializar todos los acuerdos suscritos en favor de la pervivencia como Pueblos y alcanzar de manera conjunta la apuesta de la Paz Total. Seguiremos caminando la palabra convencidos de honrar las luchas históricas de nuestros Sabios, Sabias y Autoridades Tradicionales, levantando nuestra voz para forjar el presente de nuestras futuras generaciones. Invitamos al Presidente Gustavo Petro a un diálogo directo donde a partir de la palabra tejamos país.
Finalmente, hacemos un llamado a las bases del Movimiento Indígena Colombiano para que sigamos en sesión permanente desde nuestros espacios propios de gobierno, para la defensa y el cuidado de la vida de los Pueblos Indígenas de Colombia, siempre en alerta para respaldar este posicionamiento político.
El Secretario Técnico Indígena de la CNTI y las comunidades indígenas de Iwitsulibo, Barrulia, San Rafael Warrojo y Tsawilonia del pueblo Sikuani de Puerto Gaitán, Meta, interpusieron una acción de tutela en contra de la Dirección de Asuntos Étnicos de la Agencia Nacional de Tierras – ANT, la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías del Ministerio del Interior, la Defensoría del Pueblo, la Gobernación del departamento del Meta, la Alcaldía de Puerto Gaitán, la Inspección de Policía de Puerto Gaitán, la Unidad Restitución de Tierras – URT y la Unidad para la Atención y la Reparación Integral a las Víctimas – UARIV para solicitar el amparo de los derechos territoriales de las cuatro común idades.
El pasado 15 de noviembre de 2022, en decisión de segunda instancia, la Sala de Asuntos Penales para Adolescentes del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá revocó la decisión tomada por el Juzgado Penal para Adolescentes que negó las pretensiones de los accionantes y finalmente concedió el amparo de los derechos fundamentales de estas cuatro comunidades indígenas a la autonomía y al debido proceso.
La acción de tutela interpuesta argumentó que las tierras ancestrales de las referidas comunidades del pueblo Sikunai se ubican en las veredas La Cristalina, Nuevas Fundaciones, El Frio, Chaviolina, Casuna, Rancho Alegre y San Pedro de Arimena de Puerto Gaitán, Meta, las cuales, al no contar con un título colectivo, han sido despojados por cuenta de la titulación a terceros como es el caso de la comunidad religiosa de Los Menonitas. Por este motivo, se solicitó a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) la protección de sus territorios en el marco de la implementación del decreto 2333 de 2014; solitudes que en el caso de las comunidades de Tsabilonia, Iwitsulibo y San Rafael de Warrojo siguen sin ser resueltas por la agencia, y una, la de la comunidad de Barrulia, al no concedérsele la protección, interpuso ante la entidad el Recurso de reposición y en subsidio el de apelación, sin que respecto a este y a la fecha, exista pronunciamiento alguno.
Las comunidades referidas han ejercido diferentes acciones ante la administración local, la inspección de policía y solicitado impulso procesal ante la ANT. Asimismo, han presentado varias peticiones de suspensión de los diversos procesos policivos de restitución de posesión o propiedad; no obstante, mediante ordenes de desalojo, las comunidades han sido atropelladas, desmanteladas sus viviendas, y quemados sus bienes y enseres por integrantes de comisiones oficiales que han acompañado al inspector de policía del municipio de Puerto Gaitán (Meta).
Por ello interpusieron acción de tutela por la violación de sus derechos fundamentales al territorio, a la protección de territorios ancestrales y tradicionales, a la propiedad colectiva, a la autonomía, a la autodeterminación, a la diversidad étnica y cultural, a la vida digna, al debido proceso administrativo, a la reparación integral, a la seguridad alimentaria, a la vivienda adecuada, al mínimo vital y al trabajo rural.
La Asociación Indígena Unidad, Tierra, Cultura y Autonomía (UNUMA), la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC), Las Autoridades Indígenas de Colombia “Por la Pacha Mama” (AICO) y el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC) en coadyuvancia y en apoyo a la defensa de los derechos territoriales del pueblo Sikuani, también coadyuvaron el fallo de primera instancia.
En el reciente fallo de segunda instancia, la sala evidencia que en algunos casos han pasado más de cuatro años sin que la ANT haya decidido las medidas de protección en favor de las comunidades Tsabilonia, Iwitsulibo y San Rafael de Warrojo. Aunque la ANT como entidad demandada se ha excusado en la dificultad para notificar a los propietarios de los terrenos sobre los cuales estas revindican su posesión ancestral, lo cierto es que ha excedido por mucho el plazo razonable para resolver las solicitudes de pendientes.
En síntesis, el fallo revoca la decisión de primera instancia; ampara de los derechos fundamentales a la autonomía y al debido proceso de las comunidades Indígenas Iwitsulibo, Barrulia, San Rafael Warrojo y Tsabilonia del pueblo Sikuani de Puerto Gaitán; ordena a la ANT para que resuelva la medida de protección de la posesión de territorios ancestrales y/o tradicionales de las comunidades de Iwitsulibo, San Rafael de Warrojo y Tsabilonia; y ordena a la Gobernación del del Meta, a la Alcaldía de Puerto Gaitán y a la Inspección de Policía de ese municipio que se suspendan todos los procesos policivos de perturbación en la posesión de los predios objeto de solicitud de medidas de protección de la posesión de territorios ancestrales y/o tradicionales de las Comunidades Iwitsulibo, San Rafael de Warrojo y Tsawilonia, hasta que la ANT los resuelva mediante acto administrativo ejecutoriado.
Las autoridades de los pueblos Arhuaco, Kogui, Wiwa, y Kankuamo de la Sierra Nevada de Santa Marta, Territorio Ancestral demarcado por la Línea Negra, la Comisión Nacional de Territorios Indígenas -CNTI- a través de su Secretaría Técnica Indígena -STI- junto a otros coadyuvantes acompañaron a la comparecencia en la audiencia inicial convocada por el Consejo de Estado en el marco del proceso que discute la legalidad del Decreto 1500 de 2018, el cual redefine y protege dicho territorio ancestral. Audiencia reanudada y realizada de manera virtual, el pasado lunes 19 de septiembre. Esto conforme a lo previsto por el artículo 180 del Código de procedimiento administrativo[1] y de lo contencioso administrativo.
Las autoridades indígenas de estos cuatro pueblos asistieron como demandados que son en el caso, junto los Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Cultura y del Interior, entidades presidido por la oficina jurídica de la Presidencia de la República. Dicha audiencia se dio entre otros con el propósito de dejar fijado el debate que requiere dicho proceso jurídico, a fin de sanear su trámite y resolver las solicitudes de pruebas presentadas por las partes.
La CNTI, continuará con el seguimiento y acompañamiento de este proceso para la defensa jurídica de esta norma (Decreto 1500 de 2018). Reiterando lo ya expresado en el marco de dicho proceso, este instrumento jurídico es un estándar de reconocimiento y protección de la territorialidad indígena, único en el país que incorpora las relaciones culturales, espirituales y ambientales que los pueblos originarios de la Sierra Nevada de Santa Marta mantienen con la naturaleza, así como el reconocimiento de los derechos de uso y acceso a espacios sagrados establecido en la Constitución Política de Colombia y las leyes ordinarias, así como las normas propias de los Pueblos Indígenas.
Secretaría Técnica Indígena
Comisión Nacional de Territorios Indígenas – CNTI
[1] Artículo que reglamenta el procedimiento para llevar a cabo una Audiencia Inicial.
Desde este espacio de diálogo y concertación, hacemos un llamado urgente a la Unidad de Víctimas y la Unidad de Restitución de Tierras, para que los casos o procesos que contengan problemáticas, afectaciones y pretensiones identificadas por las comunidades, se active la ruta étnica de protección, de igual modo avancen de manera correcta y oportuna en la restitución de derechos territoriales, acatando los principios del Decreto 4633 de 2011. (más…)
La Asociación de Autoridades Tradicionales Awá, Organización Unidad Indígena del Pueblo Awá (UNIPA), fue creada el 6 de junio de 1990, con la intención de unificar y fortalecer el pueblo indígena, conformada por 32 resguardos, con una población promedio de 23.000 indígenas, dentro de la jurisdicción de los municipios de Cumbal, Santa Cruz, Barbacoas, Mocoa, Puerto Asís, Valle de Guamez, San Miguel, la Dorada, Orito, Ricaurte y ubicados en el sur del departamento de Nariño.
Actualmente, el Pueblo Indígena cuenta con una serie de problemáticas generadas por tres décadas del conflicto. Desde los años 90, este Pueblo Indígena ha sido víctima de la presencia de grupos armados, la mafia y de las rutas del narcotráfico que han puesto en riesgo la permanencia y pervivencia física y cultural de este pueblo en su territorio.
Sumado a esto, existe una tergiversación y una precariedad en la seguridad jurídica de sus territorios, un factor que ha facilitado ampliamente el despojo y la invasión territorial en resguardos con presencia de cultivos ilícitos e incluso, con actividades militares en zonas de ampliación.
En los últimos días, se ha conocido del Pueblo Awá, por el recrudecimiento de la violencia tras los asesinatos de Juan Orlando Moriano, líder Awá y gobernador suplente del resguardo Inda Sabaleta, Jhon Faver Nastacuas y Carlos José, integrantes de la guardia indígena, quienes acompañaban a Juan Orlando. Con ellos, el Observatorio de Hechos Victimizantes contra el Pueblo Awá de la UNIPA, se registran 95 personas asesinadas después de la firma del Acuerdo Final de Paz (AFP).
Por otro lado, en el marco de la rueda de prensa, la Asociación de Autoridades Tradicionales Awá-UNIPA, manifestó que la Defensoría del Pueblo, alerto sobre la presencia de más de 10 grupos armados, situación que no es ajena a la realidad que vive el pueblo, pero que no hace parte de una condicionalidad para que la Agencia Nacional de Tierras (ANT) no avance con la formalización de su territorio, desconociendo lo estipulado en el AFP.
En este espacio, la delegación del pueblo Awá como hijos de la selva, expresó ser un pueblo de paz y de armonía que ha creado una serie de estrategias de pervivencia por la UNIPA, con el fin de que la guardia indígena, las mujeres, niños y niñas, no sigan siendo víctimas de hostigamientos, amenazas y asesinatos por defender la vida y el territorio.
Teniendo en cuenta la crisis humanitaria que está viviendo el Pueblo Indígena Awá, varias organizaciones y espacios de derechos humanos, sociales y territoriales, nos sumamos a la rueda de prensa, al acompañamiento de la “Minga por la vida y la dignidad del Pueblo Awá UNIPA” y al rechazo contundente de estos hechos de violencia que desarmonizan los territorios y que vulneran los derechos humanos y territoriales del Pueblo Indígena.
Desde la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI) atendemos la solicitud del Pueblo Indígena Awá, reiteramos y nos sumamos al llamado urgente a las organizaciones competentes para que avancen en la formalización del territorio, como un derecho fundamental para el fortalecimiento del proceso organizativo y territorial de la organización UNIPA; para el reconocimiento del ejercicio de defensa de los Pueblos Indígenas en materia territorial, la importancia del manejo, el cuidado de la biodiversidad hídrica y biológica que hay en nuestro país, para la pervivencia no solo de los de los pueblos ancestrales, si no, de toda la humanidad.
En ese sentido, denunciamos que:
El territorio Awá (Katsa Su) ha sido reconocido como sujeto colectivo de derechos víctima en el marco del conflicto armado, ejemplo de ello la acreditación ante la JEP. Solicitamos a la JEP, así como a la Unidad de Restitución de Tierras, se avance en las medidas que permitan la protección real y material del territorio, así como lo referido a la restitución de los derechos territoriales.
Dadas las afectaciones ambientales en el territorio que con ocasión al conflicto armado se han presentado como consecuencia de los derrames de crudo, ya sea por voladuras al tubo del Oleoducto Transandino o la instalación de válvulas caseras para el robo del crudo por parte de los diferentes actores armados ilegales que hacen presencia en la zona.
La pervivencia de las comunidades indígenas en su territorio se ha visto impactada porque se han secado algunas fuentes hídricas y se han contaminado los ríos y quebradas de donde deviene el sustento del sujeto colectivo afectado el derecho a la soberanía alimentaria, así como el derecho vital al agua, al ambiente sano, entre otros. En ese sentido, le exigimos a la autoridad ambiental competente, que adelante las acciones tendientes a la mitigación y recuperación del territorio en consulta con las autoridades del pueblo Awá.
Así mismo, se hace un llamado a la Fuerza Pública para que cuando adelante labores de destrucción de infraestructura o droga incautada, tome las medidas respectivas ante la quema de estos elementos y consulte con las autoridades del pueblo Awá, toda vez que está generando impactos en el ambiente y en la salud de los comuneros ya que, en ocasiones estas explosiones causan lluvias con fuertes olores, que han generado enfermedades en la piel y enfermedades respiratorias, especialmente a menores de edad.
Denunciamos, la constante afectación al derecho a libre movilidad por el territorio ya que por parte de los actores armados sea han instalado minas antipersonales en los caminos y cerca de donde se desarrollan diferentes actividades cotidianas para las comunidades Awá. Tras la firma del Acuerdo Final se han contabilizado por el observatorio UNIPA 10 accidentes mortales. Esta situación no sólo afecta el derecho de la libertad de movilidad sino también la autonomía y gobierno propio de los pueblos indígenas ya que el control territorial que realiza la Guardia Indígena está debilitado por estas presiones en el territorio.
Finalmente, desde la Comisión Nacional de Territorios Indígenas le solicitamos a la Agencia Nacional de Tierras – ANT, avanzar en la formalización de los derechos territoriales de las comunidades:
Watsalpi
Guelmambi El Bombo
Sangulpí
Arenal
Alto Peña Lisa.
Así como en los procesos de saneamiento y ampliación que tienen pendientes, ya que la inseguridad jurídica de los territorios como consecuencia a la deuda histórica que ha tenido la institucionalidad de tierras en el reconocimiento de la propiedad colectiva, ha sido instrumental al despojo que hemos sufrido los pueblos indígenas en el conflicto armado aún existente en nuestros territorios.
Por último, nos solidarizamos con todas las familias del Pueblo Awá y le exigimos al gobierno nacional tomar las medidas necesarias para la protección y la garantía de los derechos fundamentales del pueblo hermano Awá ante las continuas, sistemáticas y graves violaciones a los derechos humanos y territoriales de los pueblos indígenas. ¡Cuenten con nosotros para la paz, nunca para la guerra!
¡Un indígena sin tierra, es como un fogón sin leña!