El 08 de junio del 2024 la comunidad indígena de Barrulia fue notificada de la resolución que resuelve la solicitud de revocatorias directas por parte de la Subdirección de Asuntos Étnicos de la Agencia Nacional de Tierras, en contra de la resolución que negó en el año 2022, la protección de sus territorios ancestrales. La decisión señala que:
ARTÍCULO PRIMERO: REVOCAR la Resolución No. 20225100110896 del 17 de mayo de 2022 “Por la cual se decide sobre el reconocimiento y protección provisional de la posesión y ocupación del territorio ancestral y/o tradicional de la comunidad indígena BARRULIA del pueblo Sikuani, ubicada en el municipio de Puerto Gaitán, departamento del Meta” emitida por la Subdirección de Asuntos Étnicos.
ARTÍCULO SEGUNDO: RECONOCER la medida de protección provisional de la posesión y ocupación del territorio ancestral y/o tradicional en favor de la comunidad indígena Barrulia del pueblo Sikuani, ubicada en el municipio de Puerto Gaitán en el departamento de Meta, sobre los siguientes predios: Campoalegre identificado con folio de matrícula inmobiliaria 234-2696, con un área de SEIS MIL CIENTO VEINTICINCO HECTÁREAS CON DOS MIL QUNIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS, según plano número ACCTI0231505682270 de diciembre de 2023 y el predio denominado como Cuba Libre identificado con folio de matrícula inmobiliaria 234-2493, con un área de SESENTA Y TRES HECTÁREAS CON SEIS MIL DOSCIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS (63 HAS + 6215 M2 ) según plano número SEUJT0131505682004, por los motivos expuestos en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Desde la Secretaría Técnica Indígena de la CNTI, tenemos conocimiento que la Alcaldía de Puerto Gaitán junto con la Inspección Segunda de Policía de dicho municipio, adelanta en este momento actuaciones de materialización de fallo policivo de perturbación a la propiedad del predio Villa Esperanza, a través de un plan de contingencia elaborado por la Alcaldía. Sin embargo, en el documento no se evidencian medidas, ni acciones orientadas a la protección de los derechos a la seguridad y la vida de la comunidad indígena de Barrulia, que se encuentran ubicados en el predio Villa Esperanza.
En apoyo a la comunidad de Barrulia del pueblo Sikuani, solicitamos a la Inspección de Policía, suspenda el proceso policivo, hasta que la ANT realice la entrega formal y material de los predios Campo Alegre en el marco de las medidas de protección provisional de la posesión y ocupación del territorio ancestral y/o tradicional en favor de la comunidad indígena Barrulia del pueblo Sikuani.
Reiteramos el precedente jurisprudencial de la Corte Constitucional, mediante Sentencia T-391/22 que prohíbe los desalojos sin la realización de la caracterización socioeconómica de la comunidad de Barrulia, sin que se prevean medidas de albergue y sin garantizar el buen trato, la seguridad de la comunidad y sus derechos fundamentales.
Por lo que, rechazamos las acciones violentas en contra de la comunidad que desconocen y violan sus derechos humanos, así como el carácter de pueblo indígena en riesgo de extinción física y cultural y su especial protección reforzada constitucionalmente. De manera que, hacemos responsables a la fuerza pública y a la alcaldía municipal de cualquier acción que ponga en riesgo sus derechos.
Alertamos a la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría, Ministerio del Interior para que en el marco de su mandato y de sus funciones constitucionales garanticen los derechos a la seguridad y vida de la comunidad de Barrulia que se encuentran en condición de vulnerabilidad, como sujetos de especial protección del estado, así como víctimas del conflicto armado.
La Comisión Nacional de Territorios Indígenas CNTI, como espacio de concertación nacional para los derechos territoriales creado por el Decreto 1397 de 1996 e integrado por la Confederación Indígena Tayrona (CIT), la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC), la Organización Nacional de Pueblos Indígenas de la Amazonía Colombiana (OPIAC), las Autoridades Indígenas de Colombia por la Pachamama (AICO) y las Autoridades Tradicionales Indígenas de Colombia – Gobierno Mayor y como manifestación colectiva de los 115 pueblos que integran la nación, exponemos ante la opinión pública que:
En nombre de la verdad, la justicia y el respeto a la diversidad étnica y cultural, denunciamos enérgicamente las acciones del representante a la cámara Miguel Polo Polo, quien ha difundido a través de sus redes sociales un vídeo cargado de información falsa, discriminación, racismo estructural, injuria y calumnia contra los Pueblos y Organizaciones Indígenas de nuestro país.
El posicionamiento del Congresista, atenta gravemente contra la dignidad y los derechos fundamentales de las comunidades indígenas, al calumniar e injuriar sobre los procedimientos administrativos y acciones técnicas de articulación con el estado colombiano en el marco de la garantía de los derechos étnico territoriales, así mismo, al incurrir en la estigmatización de nuestras prácticas culturales y religiosas, tachándolas de “brujería y santería”. Esta difamación irresponsable no solo desinforma a la población, sino que perpetúa estereotipos dañinos, promueven la intolerancia y la violencia hacia las cosmovisiones ancestrales de nuestros pueblos originarios.
Es inaceptable que un servidor público elegido para representar a la circunscripción especial, investido con la responsabilidad de velar por los intereses de todos los ciudadanos y ciudadanas, recurra a la confusión, manipulación y la discriminación para obtener rédito político. La difusión de este tipo de mensajes contribuye a profundizar las brechas de desigualdad y a perpetuar el racismo estructural que tanto daño causa en nuestra sociedad.
En este sentido, exigimos a las autoridades competentes de todas las instancias, que investiguen este caso y apliquen las sanciones correspondientes conforme a la Constitución y la Ley, e instamos al representante Miguel Polo Polo a retractarse públicamente de sus declaraciones y a ofrecer disculpas a las comunidades indígenas afectadas por sus palabras y que en caso de poner en duda la legalidad del trabajo adelantado por las organizaciones indígenas, recurra ante las autoridades competentes.
Como CNTI, en anteriores ocasiones nos hemos pronunciado de manera decidida, activado todos los conductos administrativos, legales y constitucionales existentes a nivel nacional e internacional, teniendo precedentes importantes donde se reafirman que en la sociedad y en las instituciones persisten prácticas que vulneran nuestros Derechos Humanos, las cuales deben ser visibilizadas y sancionadas.
Reiteramos nuestro compromiso con la promoción de una cultura de respeto, inclusión y diversidad, y llamamos a toda la ciudadanía a unirse en la defensa de los derechos humanos de nuestros pueblos originarios. Es hora de poner fin a la discriminación y la desinformación.
¡No permitamos que el racismo y la intolerancia contaminen nuestra sociedad! ¡Defender los Territorios, sus pueblos y comunidades, es Defender la Vida!
En el marco de la primera sesión autónoma llevada a cabo en la ciudad de Bogotá, los días 2 y 3 de mayo, los pueblos y las organizaciones indígenas que integran la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI) exigimos a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) que cumpla los acuerdos suscritos en este espacio, y que en el marco de sus funciones, avance con celeridad sobre el reconocimiento, garantía y protección de nuestros derechos territoriales.
La Agencia Nacional de Tierras, afecta y vulnera nuestros derechos territoriales, al no contar con una estrategia clara para la adecuación institucional, de efectiva articulación entre el nivel central y las unidades de gestión territorial, de ejecución presupuestal y suficiente contratación de personal que atienda la totalidad de sus tareas y responsabilidades institucionales, lo cual agrava la situación de rezago histórico.
Tras cinco meses trascurridos del año 2024, la ANT ha avanzado en menos del 1% de la ejecución anual prevista. Esta inoperabilidad en la ejecución presupuestal acentúa las ya diagnosticadas barreras administrativas en la resolución de las solicitudes de formalización y protección de nuestros territorios, incumpliendo las metas acordadas en este espacio de concertación.
A la fecha, aún se encuentra detenida la suscripción de convenios interadministrativos, como lo es el de avalúos, afectando el avance y culminación de procedimientos mediante los cuales se debe garantizar y materializar nuestros derechos territoriales.
Adicionalmente, exigimos que en consonancia con el Bloque de Constitucionalidad, el Marco Mundial de Biodiversidad de Kunming -Montreal y los acuerdos para la actual apuesta de construcción conjunta del Plan de Acción de Biodiversidad, se abstenga de equiparar el reconocimiento de los territorios indígenas con Otras Medidas Efectivas de Conservación Basadas en Áreas – OMEC –, como lo ha hecho la Agencia Nacional de Tierras en la fundamentación de actos administrativos que ha expedido en la formalización de resguardos indígenas, sin considerar nuestro derecho al Consentimiento Libre, Previo e Informado, y desconociendo nuestro ejercicio de autodeterminación y gobierno propio.
Como Pueblos Indígenas hemos apoyado el gobierno del cambio. Venimos caminando y tejiendo la transformación del país. Por ello, esperamos que desde la institucionalidad, no solo haya voluntad política, sino resultados favorables en la materialización de nuestros derechos. Esperamos que el gobierno genere escenarios de diálogo y coordinación de gobierno a gobierno, frente a actuaciones que involucren nuestros derechos territoriales como un principio de respeto a nuestras luchas por la vida y el territorio en su integralidad.
Actualmente, en el municipio de Puerto Gaitán, departamento del Meta, se encuentran las comunidades Iwitsulibo, Tsabilonia y Barrulia del pueblo indígena Sikuani; pueblo de origen nómada quienes habitan la región de la Altillanura colombiana. Estas comunidades, en razón de los procesos de colonización y, más recientemente, el contexto de violencia sociopolítica y armada, así como la negación de su existencia como pueblos originarios de este territorio a partir de adjudicaciones de tierras denominadas “baldías” a terceros por parte del Estado, estos pueblos han tenido que adaptarse y asentarse en ciertos territorios, en donde han sido desalojados, confinados e incluso desplazados, desconociendo su relación ancestral con sus territorios.
Es por ello que, desde 2017 las comunidades de Iwitsulibo, Tsabilonia y Barrulia iniciaron su proceso de reclamación de la protección de sus territorios ancestrales ante la Agencia Nacional de Tierras (ANT), amparadas en el Decreto 2333 de 2014; esta exigencia se hizo con el objetivo de salvaguardar su derecho territorial manifiesto en sus prácticas culturales y de subsistencia acorde con sus sistemas de vida y conocimiento. A la fecha, la falta de celeridad en la respuesta a la solicitud de las comunidades de Iwitsulibo y Tsabilonia y a la negativa a la solicitud de protección de la comunidad de Barrullia por parte de la ANT ha vulnerado los derechos territoriales de estas comunidades, puesto que se han adelantado los procesos de compra-venta de tierra y con ello la posibilidad de procesos policivos de desalojo amparados en el “derecho a la propiedad privada”, el desarrollo de la agroindustria, las afectaciones ambientales, la limitación y negación de movilidad de estas comunidades en su territorio.
A raíz de la negativa de protección del territorio ancestral de la comunidad de Barrulia en el año 2022, las organizaciones indígenas nacionales que conforman la CNTI, entre ellas, la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC), Confederación Indígena Tayrona (CIT) y Autoridades Indígenas de Colombia por la Pachama (AICO) y el Secretario Técnico Indígena de la CNTI, recurrieron al mecanismo de revocatoria directa para que la ANT, revoque y estudie nuevamente su decisión ya que va en contravía de los preceptos constitucionales relacionadas con la protección a la diversidad étnica y cultural, el acceso al territorio de un pueblo seminómada y la garantía de sus derechos fundamentales.
En ese marco de exigencias, la Asociación Indígena UNUMA, la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC-, la ONG Somos Defensores y el Observatorio de Derechos Territoriales de los Pueblos Indígenas de la Secretaría Técnica Indígena de la CNTI, se unieron para realizar la misión de prensa “Extranjerización de la Tierra en la Altillanura: violación de los derechos territoriales del pueblo Sikuani”, con el objetivo de visibilizar las problemáticas que han traído los procesos de extranjerización de los territorios ancestrales a las tres comunidades antes nombradas.
Para ello, los días 16 y 17 de marzo de 2024 se visitaron las comunidades de Iwitsulibo, Tsabilonia y Barrulia. Durante la visita se evidenció que la falta de protección y garantías de los derechos territoriales de estas comunidades afecta sus sistemas propios, puesto que las dinámicas de propiedad de la comunidad extranjera de los Menonita, que se evidencia a partir del levantamiento de cercas, contratación de empresas de vigilancia privada, la creación de caminos, producción de monocultivos y el control territorial, impide el desarrollo de sus dinámicas identitarias, culturales y materiales, así como la garantía de sus derechos fundamentales que les merecen.
Con relación al ingreso a sus territorios ancestrales, las comunidades indígenas encuentran limites de acceso por los caminos que transitan, pues se encuentran puestos de control de la empresa La Fazenda y de la comunidad religiosa de los Menonitas. En cada acceso, la empresa de vigilancia respectiva frena el tránsito e inicia el interrogatorio preguntando sobre el lugar al que se dirigen y sus intenciones de ingreso en el territorio. No siempre hay permiso para que las comunidades puedan ingresar al territorio, lo que afectan su acceso y movilidad.
A su vez, las labores de quema a las sabanas y los bosques de galería, la explotación y arado permanente, el uso de cal para modificar la acidez del suelo y las fumigaciones a los cultivos desarrollados por las comunidad de los Menonitas, además de generar afectaciones ambientales a la tierra y sus sustratos, las aguas subterráneas, las cuencas hídricas y los bosques de sabana, se advierte, además, la perdida de flora y fauna, han transgredido los derechos de las comunidades indígenas a su salud, sistemas alimentario, a su autonomía, a la relación territorial y el cuidado de la naturaleza.
A diferencia de las familias menonitas, que han hecho perforaciones de pozos y construidos tanques de agua de almacenamiento, las comunidades de Iwitsulibo, Tsabilonia y Barrulia recurren a los ríos y quebradas para tomar el agua para la cocción de sus alimentos y demás usos cotidianos, fuentes que, como se señalaba previamente, están más expuestas a los pesticidas utilizados para el mantenimiento de cultivos; al respecto, en diferentes testimonios, señalaron que el uso de estas aguas contaminadas les ha traído enfermedades gastrointestinales y cutáneas. Además, han visto una disminución en la cantidad de peces, lo que ha traído una afectación en su seguridad y soberanía alimentaria, es decir en su sistema alimentario.
Adicionalmente, su sistema de alimentación y salud se ha visto alterado ya que las plantas sagradas medicinales, así como sus cultivos y los animales de caza, que antes se encontraban en las sábanas han desaparecido por las prácticas de quema y arado. Ello ha generado que deban acudir a la medicina occidental y salir de sus territorios para buscar su alimentación acudiendo incluso a la mendicidad.
En ese sentido, solicitamos al Estado colombiano de cumplimiento a las garantías de protección de los derechos territoriales y fundamentales del pueblo Sikuani amparados en la Constitución, los Convenios internacionales y demás instrumentos normativos.
Como Secretaría Técnica Indígena de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas -CNTI, rechazamos y denunciamos el constante asedio y persecución de las comunidades indígenas del Pueblo Sikuani, la cual se encuentra en inminente riesgo de extinción física y cultural, como lo ha reconocido la Corte Constitucional en el Auto 004 de 2009.
Así mismo, denunciamos la vulneración de sus derechos fundamentales y territoriales, por parte de las autoridades administrativas del municipio de Puerto Gaitán, Meta, quienes por intermedio de la inspección segunda rural municipal y la Policía Nacional, el día 10 de abril de 2024, desalojaron a la comunidad de Liwinaka en marco de procesos policivos ilegales, sin la implementación de protocolos que respondan a la situación humanitaria de esta población indígena.
De igual manera, la Alcaldía de Puerto Gaitán, desconoce que en favor de la comunidad de Liwinaka, se adelanta actualmente un proceso de protección de los territorios ancestrales en el marco del decreto 2333 de 2014, y que en este proceso la Agencia Nacional de Tierras solicitó, en oficio del 9 de abril del año en curso, la suspensión de los procesos policivos que afecten los derechos humanos y territoriales de la comunidad de Liwinaka, del Pueblo Sikuani; solicitud totalmente ignorada por las autoridades municipales.
Se advierte desde la CNTI que la comunidad a la fecha tiene en curso dos solicitudes ante la Agencia Nacional de Tierras ANT. La primera, una solicitud de constitución del resguardo desde 2022 y la segunda, un proceso de protección del territorio ancestral del pueblo Sikuani que lleva más de 6 años; lo que evidencia un rezago institucional en ambas solicitudes, generando inseguridad en el territorio por la falta de protección y formalización.
En ese sentido, solicitamos a la Agencia Nacional de Tierras avanzar en los procesos de protección y formalización del territorio ancestral y reitere la solicitud de suspensión del proceso policivo de desalojo que adelanta actualmente el municipio de Puerto Gaitán en contra de la comunidad Liwinaka. Exigimos a las autoridades municipales de Puerto Gaitán la suspensión del proceso de desalojo que adelanta actualmente de manera ilegal y sin la implementación de los protocolos humanitarios correspondientes, que se ha traducido en la violación grave de los derechos humanos y territoriales de la comunidad Liwinaka.
De igual forma, hacemos el llamado urgente a la intervención por parte de la Personería Municipal de Puerto Gaitán, a la Defensoría del Pueblo para que en el marco de sus funciones constitucionales garanticen los derechos fundamentales de esta comunidad indígena, que es sujeto de especial protección constitucional.
Desde la Comisión Nacional de Territorios Indígenas- CNTI expresamos nuestra profunda preocupación por la grave situación de violencia que padece el municipio de Toribío en el departamento del Cauca, y rechazamos el ataque armado que se presentó hoy 16 de marzo del 2024, por parte de grupos armados en contra de la comunidad y guardia indígena quienes se encontraban en la búsqueda de un menor que fue secuestrado.
Según la información suministrada por el Tejido de Defensa de la Vida y los Derechos Humanos de la Asociación de Cabildo Indígenas del Norte del Cauca-ACIN, los hechos se presentaron al mediodía del 16 de marzo, cuando se conoció del secuestro de un estudiante de la Institución Educativa Sesteadero, habitante de la vereda La Palma en el municipio de Toribío, Cauca. Ante la situación la comunidad, la guardia indígena y las autoridades del territorio proceden a buscar el paradero del estudiante. Además, de establecer puntos de control territorial.
Posteriormente, la comunidad rodea a los hombres armados exigiendo la liberación inmediata del estudiante y decide trasladarlos hacia el parque del pueblo de Toribío, donde se llevaría a cabo una asamblea para denunciar todas las desarmonías de las que son responsables los integrantes del grupo armado que hacen presencia en la zona.
Mientras la comisión se trasladaba hacia el parque de Toribío, varios hombres armados pasaron por encima del punto de control y atacaron directamente y con sevicia a la comunidad reunida, dejando a tres personas heridas, Rodrigo UI Musicué, Edgar Tumiñá y Carmelina Yule Paví, quien se encuentra con pronóstico reservado debido a la gravedad de las heridas.
Ante esta situación exigimos al Gobierno Nacional, a los organismos de derechos humamos y demás instituciones competentes que atiendan esta situación y garanticen los derechos fundamentales los pueblos indígenas y a los grupos armados que respeten la vida de la comunidad.
Instamos a que se realicen acciones urgentes que permitan garantizar la vida y pervivencia de los pueblos indígenas del país, porque la violencia y la barbarie en los territorios ancestrales se sigue intensificando cada vez más. Además, no podemos permitir que continúe el reclutamiento forzado de los niños, niñas y adolescentes en los territorios.