Gobierno nacional viola el derecho fundamental a la consulta previa y se niega a firmar el decreto para la clarificación de la vigencia legal de los títulos de los resguardos de Origen Colonial y/o Republicano

Gobierno nacional viola el derecho fundamental a la consulta previa y se niega a firmar el decreto para la clarificación de la vigencia legal de los títulos de los resguardos de Origen Colonial y/o Republicano

19 de noviembre de 2020

El incumplimiento por parte del Gobierno nacional nos pone ante un contexto de inseguridad jurídica que lesiona el principio de confianza y credibilidad en el Estado. Hoy no solo han sido violentados los Pueblos Indígenas sino el corazón del Estado Social de Derecho: la Constitución de 1991. 

El Estado Social de Derecho ha estado en mora por 26 años en garantizar la seguridad jurídica de los resguardos de origen colonial y/o republicano. Aún así, después de casi un año de haber sido cumplida y protocolizada la consulta previa con fecha del 20 de diciembre de 2019 en la Mesa Permanente de Concertación (MPC) y en la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI), el Gobierno nacional se rehúsa a firmar el decreto al imponer condicionantes inconstitucionales y al violar el derecho fundamental a la consulta previa libre e informada de los Pueblos Indígenas.

El saldo de esta deuda histórica que viene desde épocas coloniales y republicanas, hoy se encuentra en el limbo jurídico debido a que funcionarios públicos, en cabeza del viceministro de Desarrollo Rural, Juan Camilo Restrepo, condicionan inconstitucionalmente la firma del decreto a que los Pueblos Indígenas realicen una socialización del mismo con otros sectores, obligación que corresponde al Gobierno.

Producto de la exigencia de este espacio, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación, en la 9° sesión ampliada de la MPC con la CNTI, explicaron al Gobierno y a los representantes de las organizaciones indígenas, que el alcance de sus recomendaciones NO son vinculantes o condicionantes para la firma de un decreto que, como se expuso, fue desarrollado en derecho y acató cada una de las etapas ordenadas por la ley entre el Gobierno nacional y los Pueblos Indígenas.

La falta de voluntad del Gobierno es tan evidente que, en primer lugar, no publicó el decreto sino por exigencia de la CNTI. Segundo, no cumplió con los acuerdos para que se diera respuesta a los comentarios y objeciones. Tercero, las Organizaciones Indígenas, sin tener la obligación de hacerlo, aportaron a los fundamentos de las respuestas que después fueron concertadas con el Gobierno y a la fecha no han sido enviadas. De tal manera, el Gobierno no puede alegar que tiene interés en garantizar la participación de otros sectores cuando no ha cumplido con sus obligaciones.

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Aspersiones aéreas con glifosato: ¿Por qué los Pueblos Indígenas exigen la realización de consultas previas?

Aspersiones aéreas con glifosato: ¿Por qué los Pueblos Indígenas exigen la realización de consultas previas?

16 de noviembre

Aunque el Gobierno nacional dice que no hay pueblos indígenas afectados por el programa de fumigaciones, las afectaciones a las comunidades étnicas y campesinas serán irremediables, pues pese a que hay más de un millón de hectáreas donde se confirma el traslape con los territorios ancestrales indígenas, el Ministerio del Interior niega presencia de comunidades para «imponer» las fumigaciones aéreas con glifosato sin consulta previa.

Así lo confirmó Camilo Niño Izquierdo, Secretario Técnica Indígena de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas, quien reveló que, a partir del sistema de información geográfica, la CNTI logró elaborar un mapa que revela que más de 1 millón 133 mil hectáreas del programa de fumigaciones aéreas con glifosato se verán afectadas 40 pueblos indígenas.

«Del total de municipios 170, que serían objeto de aspersión, existen 54 donde hay certeza de la existencia de pueblos indígenas, los cuales el Gobierno nacional no los está reconociendo en los seis núcleos de fumigación”, manifestó Camilo Niño, líder indígena del pueblo Arhuaco.

Es importante señalar, como se evidencia en el mapa de traslape de áreas indígenas y áreas del programa de aspersiones aéreas con glifosato, que al menos en 4 de los 6 núcleos de fumigaciones hay solicitudes territoriales indígenas ante la Agencia Nacional de Tierras (ANT) respecto a territorios ancestrales, que no han sido formalizados como resguardos pero que hay uso y ocupación por parte de los pueblos indígenas.

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