Redacción CNTI
El 19 de noviembre del 2020, en el marco de la sesión IX de la Mesa Permanente de Concertación ampliada con la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI), se presentó un hecho contra los Pueblos Indígenas de racismo y discriminación por parte de los funcionarios públicos que participaban de estos espacios de diálogo y concertación.
Ricardo Camilo Niño Izquierdo, Secretario Técnico Indígena de la CNTI en su calidad de instancia como vocera de los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas de Colombia, interpuso una acción de tutela para la protección de los derechos fundamentales a la no discriminación, la dignidad humana, la Igualdad Material, el derecho a la Honra, la Participación, la Diversidad Cultural, la Autonomía y Autodeterminación de los Pueblos Indígenas.
Esta tutela se interpuso ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C de la Sala Civil especializada en Restitución de Tierras, quien en marzo de 2022 falló a favor de los Pueblos Indígenas, además el ente judicial resolvió una serie de exigencias, entre ellas, que las organizaciones participantes de la sesión IX de 2020 de la Mesa Permanente de Concertación (MPC) y la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI), junto con los funcionarios del gobierno nacional delegados para dicho espacio, deben convocar a un acto simbólico donde se ofrezcan disculpas de manera pública a los Pueblos Indígenas de Colombia.
En respuesta a dicho fallo judicial (tutela 2021-0002604) el día 15 de junio de 2022 en la ciudad de Bogotá, a las 2:00 PM, en el marco de la sesión mixta de la mesa ampliada de la CNTI y la MPC, las entidades del gobierno nacional y las entidades vinculadas, mediante una rueda de prensa, ofrecerán disculpas públicas a los Pueblos Indígenas y sus organizaciones, por actos de racismo y discriminación estructural anteriormente expuestos.
De igual modo, las entidades del gobierno nacional, deben publicar en sus páginas web y redes sociales la socialización de la sentencia, además de reiterar las disculpas públicas a los Pueblos Indígenas con ocasión de la expresión deshonrosa y discriminatoria realizada, de las cuales solo han publicado la Agencia Nacional de Tierras (ANT), el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) y el Ministerio del Interior, con esfuerzos mínimos sin acatar en su integralidad el sentido total de lo que exige el fallo.
Por otro lado, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Ministerio del Interior, como entidades adscritas a los espacios de diálogo y concertación de la MPC y CNTI, deben diseñar e implementar una campaña pedagógica con el fin de educar a los funcionarios públicos que hacen parte de estos procesos para el reconocimiento de los derechos fundamentales y territoriales con un enfoque diferencial de los Pueblos Indígenas de Colombia.
Esta intervención judicial no sólo resulta importante en el marco del caso concreto, sino que apunta a evitar riesgos mayores para los derechos de los Pueblos Indígenas con conductas y acciones de imposiciones de órdenes socio raciales que continúan dejando en evidencia la exacerbación del racismo estructural difundido en discursos de odio, discriminación y estigmatización que, sumado a la violencia sistemática, continúan amenazando la pervivencia física y cultural de los Pueblos Indígenas.
Por eso, desde la Comisión Nacional de Territorios Indígenas, en representación de los 115 pueblos indígenas en Colombia reiteramos el rechazo de estos actos racistas y discriminatorios y reafirmamos la importancia de estos espacios de diálogo y concertación.
Hacemos un llamado a las demás instituciones partícipes del mismo, a expresar una voz de rechazo a través de una rueda de prensa frente al actuar racista de los funcionarios o servidores públicos con el fin de reivindicar la dignidad de los Pueblos Indígenas afectados, discriminados o racializados.
Desde este espacio, continuaremos luchando por la defensa de nuestros derechos fundamentales y territoriales acogiéndonos a nuestra Ley de Origen, bajo los principios de la Unidad y la Autonomía, en el marco de los derechos que se reconocen a través de la Constitución Política de Colombia y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
¡Defendemos los territorios, tejemos la vida!