Observatorio de Derechos Territoriales de los Pueblos Indígenas

Observatorio es una herramienta técnica de la Secretaría Técnica Indígena – STI para la generación de información cualitativa y cuantitativa para la generación de análisis a través de investigaciones, elaboración de contextos, acompañamiento a comunidades indígenas y fortalecimiento de los procesos de incidencia política de los delegados indígenas de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI).

Secretario Técnico Indígena CNTI

Ricardo Camilo Niño Izquierdo es líder del pueblo indígena Arhuaco, ecólogo y magíster en Desarrollo Rural de la Pontificia Universidad Javeriana. Hace parte de la Confederación Indígena Tayrona (CIT) y desde 2013 fue delegado por la CIT como secretario técnico de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas.

Desde pequeño, el liderazgo estuvo presente en su vida. Con su padre, el también líder Sakuku Mayor, José Camilo Niño, tuvo el ejemplo de autoridad siempre cerca y aprendió a involucrarse de manera activa, a escuchar y a trabajar, por y para la comunidad. Su trabajo por la defensa de los derechos, el proceso adelantado en su comunidad y su perfil profesional, lo llevaron a ser designado para el rol que actualmente ejerce en la CNTI.

Ka'tikunsi "la voz de los Territorios"

Ka’tikunsi, cuyo significado es en lengua Iku del pueblo Arhuaco es «la voz de los Territorios», surgió en marzo de 2023 como una iniciativa del Observatorio de Derechos Territoriales y la Secretaría Técnica Indígena de la CNTI. Un espacio radial que tiene como objetivo primordial informar sobre los avances en materia y los derechos territoriales de los pueblos originarios de Colombia.

Inminente riesgo de desalojo y vulneración de los derechos humanos de la comunidad de Barrulia del Pueblo Sikuani

Jun 12, 2024 | Comunicados

COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

El 08 de junio del 2024 la comunidad indígena de Barrulia fue notificada de la resolución que resuelve la solicitud de revocatorias directas por parte de la Subdirección de Asuntos Étnicos de la Agencia Nacional de Tierras, en contra de la resolución que negó en el año 2022, la protección de sus territorios ancestrales. La decisión señala que:

ARTÍCULO PRIMERO: REVOCAR la Resolución No. 20225100110896 del 17 de mayo de 2022 “Por la cual se decide sobre el reconocimiento y protección provisional de la posesión y ocupación del territorio ancestral y/o tradicional de la comunidad indígena BARRULIA del pueblo Sikuani, ubicada en el municipio de Puerto Gaitán, departamento del Meta” emitida por la Subdirección de Asuntos Étnicos.

ARTÍCULO SEGUNDO: RECONOCER la medida de protección provisional de la posesión y ocupación del territorio ancestral y/o tradicional en favor de la comunidad indígena Barrulia del pueblo Sikuani, ubicada en el municipio de Puerto Gaitán en el departamento de Meta, sobre los siguientes predios: Campoalegre identificado con folio de matrícula inmobiliaria 234-2696, con un área de SEIS MIL CIENTO VEINTICINCO HECTÁREAS CON DOS MIL QUNIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS, según plano número ACCTI0231505682270 de diciembre de 2023 y el predio denominado como Cuba Libre identificado con folio de matrícula inmobiliaria 234-2493, con un área de SESENTA Y TRES HECTÁREAS CON SEIS MIL DOSCIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS (63 HAS + 6215 M2 ) según plano número SEUJT0131505682004, por los motivos expuestos en la parte considerativa del presente acto administrativo.

Desde la Secretaría Técnica Indígena de la CNTI, tenemos conocimiento que la Alcaldía de Puerto Gaitán junto con la Inspección Segunda de Policía de dicho municipio, adelanta en este momento actuaciones de materialización de fallo policivo de perturbación a la propiedad del predio Villa Esperanza, a través de un plan de contingencia elaborado por la Alcaldía. Sin embargo, en el documento no se evidencian medidas, ni acciones orientadas a la protección de los derechos a la seguridad y la vida de la comunidad indígena de Barrulia, que se encuentran ubicados en el predio Villa Esperanza.

En apoyo a la comunidad de Barrulia del pueblo Sikuani, solicitamos a la Inspección de Policía, suspenda el proceso policivo, hasta que la ANT realice la entrega formal y material de los predios Campo Alegre en el marco de las medidas de protección provisional de la posesión y ocupación del territorio ancestral y/o tradicional en favor de la comunidad indígena Barrulia del pueblo Sikuani.

Reiteramos el precedente jurisprudencial de la Corte Constitucional, mediante Sentencia T-391/22 que prohíbe los desalojos sin la realización de la caracterización socioeconómica de la comunidad de Barrulia, sin que se prevean medidas de albergue y sin garantizar el buen trato, la seguridad de la comunidad y sus derechos fundamentales.

Por lo que, rechazamos las acciones violentas en contra de la comunidad que desconocen y violan sus derechos humanos, así como el carácter de pueblo indígena en riesgo de extinción física y cultural y su especial protección reforzada constitucionalmente. De manera que, hacemos responsables a la fuerza pública y a la alcaldía municipal de cualquier acción que ponga en riesgo sus derechos.

Alertamos a la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría, Ministerio del Interior para que en el marco de su mandato y de sus funciones constitucionales garanticen los derechos a la seguridad y vida de la comunidad de Barrulia que se encuentran en condición de vulnerabilidad, como sujetos de especial protección del estado, así como víctimas del conflicto armado.

¡Defender los territorio es defender la vida!

Descargue el comunicado aquí:

 

#CNTICOMUNICA

🫱🏽‍🫲🏾La Comisión Nacional de Territorios Indígenas, es expresión de las luchas históricas que los pueblos y las organizaciones indígenas del país hemos adelantado en la defensa de nuestros derechos, nuestra dignidad y de la integridad de nuestros territorios.

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#CNTICOMUNICA

Después de esperar más de 8 horas, no se logró dar inicio a la última sesión mixta 2024 de la CNTI, entre Gobierno Indígena y Gobierno Nacional,

La instalación del último día la Vl sesión mixta de la CNTI no ha sido posible, debido a que el Gobierno Nacional no tiene cuórum ni cuenta con los funcionarios públicos con capacidad de decisión frente a temas estructurales del movimiento indígena como el tema agrario.

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